IMSS encabeza quejas por esterilización forzada contra mujeres

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Con engaños, amenazas y condicionando la atención médica, para realizarle una Oclusión Tubaria Bilateral

Desde 2012 se han presentado 16 quejas ante la CNDH contra los hospitales públicos del sistema de salud por la esterilización forzada que han cometido contra mujeres.

Sandra Rojas

SemMéxico/La Cadera de Eva, 19 de agosto, 2024.- Sandra, una joven de 31 años, estuvo internada en 2017 en el Hospital General de Zona No. 9 del IMSS por fuertes dolores de parto que no le pararon durante varios días. Con engaños, amenazas y condicionando la atención médica, el personal médico de la clínica recabó su consentimiento para realizarle una Oclusión Tubaria Bilateral (OTB) como método anticonceptivo permanente.

La Oclusión Tubaria Bilateral es un método de anticonceptivo definitivo que se realiza en aquellas mujeres que no desean tener más hijos. Este no era el caso de Sandra, pues ella firmó el consentimiento informado para la esterilización bajo presión.

Se define esterilización forzada al acto de realizarle a una persona un procedimiento quirúrgico que imposibilite su capacidad biológica de reproducción, sin su consentimiento o sin brindarle información necesaria. Lo cual es una forma de violencia obstétrica..

De enero de 2012 a julio de 2024, la Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH) recibió 16 quejas por esta violación a los derechos reproductivos y sexuales también conocida como contracepción forzada, de las cuales  el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) acumula 14 de las denuncias, de acuerdo con información obtenida vía transparencia por La Cadera de Eva.

La invisibilización frena el reconocimiento de esta práctica

Aunque el número de casos de esterilización forzada podría ser mayor, esto se debe a que existe un subregistro de casos de violencia obstétrica, ya que algunas situaciones pueden ser registradas bajo otros rubros, como mala práctica médica, explicó Camila Riva Palacio, investigadora jurídica del Grupo en Información de Reproducción Elegida (GIRE) en entrevista para La Cadera de Eva.

Por ejemplo, las quejas que llegan a la CNDH por estas prácticas tienen diferentes definiciones como «contracepción forzada», «histerectomía», «ligadura de trompas» o «salpingoclasia», por lo que es difícil conocer cuántos casos hay en total en nuestro país.

Aunque su definición no es el principal problema. La falta de reconocimiento de esta violencia por parte de las mujeres y personas gestantes también contribuye a que los casos no sean denunciados ni documentados por la CNDH ni por las autoridades sanitarias, explica Camila Riva Palacio.

«Si las mujeres o las personas gestantes que están presentando la queja no lo nombran necesariamente como violencia obstétrica, sino como algún otro tipo de violencia, pues no se va a clasificar de esa manera» (Camila Riva Palacio, investigadora jurídica GIRE)

Estas son las razones por las que no se denuncia la violencia obstétrica:

  1. Desconocimiento: las mujeres y personas gestantes no saben que están siendo víctimas de violencia obstétrica o no conocen sus derechos.
  2. Miedo: temor a represalias, a no ser creídas o a ser estigmatizadas.
  3. Sentimiento de vergüenza o culpa por lo que les ha sucedido.
  4. Desconfianza en las instituciones y en el sistema de justicia.
  5. Falta de apoyo: no tienen un sistema de apoyo emocional o social que les permita denunciar.
  6. Normalización: la violencia obstétrica es vista como algo normal o como parte de la experiencia de dar a luz.
  7. Falta de mecanismos de denuncia: no hay mecanismos claros o accesibles para denunciar la violencia obstétrica.
  8. Desconocimiento del personal de salud: el personal de salud no está capacitado para identificar y abordar la violencia obstétrica, lo que hace que no se reconozca ni se denuncie. 

Mujeres indígenas, las más vulnerables

De las 16 denuncias por esterilización forzada presentadas ante la CNDH, cinco concluyeron por no existir materia para que continuara el proceso de denuncia, cuatro durante el trámite respectivo y sólo una terminó en la Recomendación 33/2016.

Esta Recomendación fue emitida al gobierno de Oaxaca en 2016  por violencia obstétrica y violaciones a los derechos, protección y acceso a información en materia de salud por los casos de Oricel de 18 años y Juana de 40 años, mujeres indígenas zapotecas que parieron en baños de hospitales de la Secretaría de Salud en aquel estado, porque no recibieron la atención médica adecuada.

Los casos de Oricel y Juana no son los únicos en los que se han vulnerado los derechos reproductivos de mujeres indígenas, de las 16 quejas presentadas ante la CNDH, 12 fueron atendidas por la Cuarta Visitaduría de la Comisión, la cual se encarga de proteger y defender los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas.

Otras Recomendaciones sobre contracepción

El Monitor de Salud Reproductiva desarrollado por GIRE para dar seguimiento  y evaluar las recomendaciones que ha emitido la CNDH en materia de salud reproductiva, contabilizan 91 recomendaciones por violencia obstétrica y muerte materna del 2014 a 2022. De estas recomendaciones siete son por contracepción, la mayoría fueron emitidas durante 2016.

Es importante mencionar que las Recomendaciones de la CNDH sobre esterilización forzada no aparecen como tal con ese término, si no como casos de violación a la libertad y autonomía reproductiva, al consentimiento informado en servicios de anticoncepción, a elegir el número y espaciamiento de los hijos así como al proyecto de vida.

Al respecto, Camila Riva Palacio explicó que todas las contracepciones forzadas y la negación a procedimientos de anticoncepción son una violación a la autonomía reproductiva. Sin embargo, este derecho no solamente se limita a estos casos, pues tiene que ver con todos los aspectos donde no se permite ejercer algo relacionado con la reproducción.

«Esto tiene que ver por ejemplo desde la negativa de un servicio de aborto, o cuando quiero embarazarme y no se me da acceso a técnicas de reproducción humana asistida, otra de ellas es cuando hay esterilización forzada o cuando se me niega el acceso a píldoras anticonceptivas» (Camila Riva Palacio, investigadora jurídica GIRE)

¿Qué dice la ley sobre la violencia obstétrica?

En México, varias entidades federativas han optado por incluir la violencia obstétrica como un delito en sus códigos penales: Chiapas, Estado de México, Guerrero, Puebla, Quintana Roo, Yucatán, Veracruz y Aguascalientes (no utiliza explícitamente el término violencia obstétrica).

Al respecto, Camila Riva Palacio dijo que es fundamental pensar en el acceso a la justicia desde una perspectiva que no tenga como opción el derecho penal, pues las sanciones no necesariamente cubren las expectativas de quienes han sobrevivido a la violencia obstétrica.

«Hemos identificado que nuestras acompañadas buscan que el Estado reconozca esas experiencias que vivieron y que asuman la responsabilidad de sus acciones, por ejemplo, mediante disculpas públicas y que garanticen que esta violencia no se vuelva a repetir» (Camila Riva Palacio, investigadora jurídica GIRE)

Ejemplo de esto es el caso de Sandra, quien después de la contracepción que vivió en 2017 logró gracias al acompañamiento de GIRE que el 26 de mayo de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera su caso determinando que el consentimiento recabado por el personal de salud del IMSS, firmado por Sandra y sus familiares para la realización de la OTB, no era previo, libre, pleno ni informado.

En ese sentido, las y los ministros concluyeron que Sandra fue víctima de esterilización no consentida como una forma de tortura, también de violencia de género, violencia obstétrica y de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Cuatro meses después de esa sentencia, la CNDH emitió la Recomendación 45/2021, dirigida al Director General del IMSS por la violación a los derechos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva con relación al consentimiento informado en servicios de anticoncepción, a elegir el número y espaciamiento de los hijos y al proyecto de vida.

¿Cómo cambiar esta realidad?

Camila Riva Palacio señaló que para hacer frente a la violencia obstétrica es necesario enfocarse en la implementación de medidas dirigidas a resolver las condiciones estructurales del sistema de salud en todos sus niveles, así como un enfoque integral y estructural para abordar la violenciaobstétrica, que incluya:

  1. Reconocer que la violencia obstétrica es un problema sistémico: entender que la violencia obstétrica no es solo un problema individual, sino que es resultado de una estructura de poder y una cultura que perpetúa la discriminación y la violencia contra las mujeres y personas gestantes.
  2. Identificación de mujeres y personas vulnerables: reconocer que las mujeres y personas gestantes tienen el derecho a tomar decisiones sobre sus propios cuerpos y partos y que las mujeres menores de 30 años y las personas con discapacidad son más propensas a sufrir violencia obstétrica.
  3. Cambiar las políticas y procedimientos: revisar y cambiar las políticas y procedimientos en los servicios de salud para garantizar que sean respetuosos y seguros para las mujeres y personas gestantes.
  4. Fortalecer la capacitación del personal de salud: no criminalizar al personal médico. En lugar de eso, formar aliados para eliminar cualquier forma de violencia a través de la capacitación y educación continua al personal de salud para que entiendan la violencia obstétrica y su impacto en las mujeres y personas gestantes.
  5. Promover la participación ciudadana: fomentar la participación ciudadana y la vigilancia comunitaria para garantizar que los servicios de salud sean responsables y respetuosos.
  6. Abordar las desigualdades: abordar las desigualdades y las brechas en la atención a las mujeres y personas gestantes, especialmente aquellas que son más vulnerables.
  7. Monitorear y evaluar constantemente los servicios de salud para garantizar que estén cumpliendo con los estándares de atención respetuosa y segura.

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