La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró el pasado viernes inelegible a Pablo Anica Valentín.

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Nadia Altamirano

SemMéxico. Oaxaca. 27 de junio de 2018.- A pesar de que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró el pasado viernes inelegible a Pablo Anica Valentín como candidato a presidente municipal de San Juan Bautista Lo de Soto por cometer violencia política de género, él no ha suspendido sus actividades proselitistas.

La denuncia la presentó por escrito este martes la representante del Partido de Mujeres Revolucionarias (PMR) ante el consejo municipal electoral de Lo de Soto, Andrea Torres, ya que el también síndico municipal ha hecho caso omiso a la suspensión.

El Partido de las Mujeres Revolucionarias (PMR) con registro local en Oaxaca, logró apenas hace cinco días que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declarara inelegibles a dos candidatos a concejales que postuló la coalición Todos por México y el Partido Revolucionario Institucional por cometer violencia política de género.

Se trata de Juan García Arias, quien pretendía reelegirse al frente del ayuntamiento de San Juan Colorado Jamiltepec y de Pablo Anica Valentín, quien pretendía ser presidente municipal de San Juan Bautista Lo de Soto.

Fue en la primera sesión pública del pasado viernes cuando el TEPJF revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) y el acuerdo 32/2018 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), mediante el cual se aprobaron ambas candidaturas.

Mediante el juicio de revisión electoral 140, el PMR solicitó se declararan inelegibles a ambos candidatos por incumplir con el requisito de tener un modo honesto de vivir, al ser responsables de cometer violencia política de género durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de ambos ayuntamientos.

La Sala Regional Xalapa calificó “como sustancialmente fundada” la pretensión del PMR, pues existen “sentencias firmes” que acreditaban que ambos candidatos “incurrieron en actos de violencia política de género durante su desempeño como servidores públicos”.

En el caso de Juan García Arias, como presidente municipal en San Juan Colorado Jamiltepec la síndica municipal Herminia Quiroz Alavez lo acusó de obstaculizar sus funciones, como obra en el expediente JDC/85/2017.

Un expediente similar, el JDC/13/20127 existe en contra del síndico de San Juan Bautista Lo de Soto y candidato a la presidencia de ese municipio, por la violencia política que ejerció en contra de la presidenta Samantha Caballero Melo.

La representante del PMR ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Claudia Álvarez Luna, dijo que la resolución del pasado viernes representa un precedente histórico y bases para que no se vuelva a postular como candidatos a hombres que ejercieron violencia política de género.

En opinión de Anabel López Sánchez del Colectivo por la Ciudadanía de las Mujeres que ha acompañado a Herminia y Samantha en sus procesos de denuncia, la sentencia de la Sala Regional Xalapa representa un avance fundamental para que las mujeres que han vivido violencia política puedan acceder a la justicia.

“Es la primera vez que se sienta un criterio para retirar candidaturas a aquellos actores políticos que han ejercicio violencia política”, y confió que esta sentencia abra camino para que más mujeres denuncien este tipo de delitos y los tribunales emitan criterios claros.

Ni Herminia ni Samantha ejercieron plenamente su cargo al interior del Ayuntamiento, además de que en ningún momento ha cesado la violencia política en contra de ellas.

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