Sara Lovera
SemMéxico, Cd. de México, 13 de septiembre, 2021.- Las sentencias de inconstitucionalidad resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no legalizan el aborto, sino dejan en claro que no puede criminalizarse a las mujeres. Muchísimas lo hacen en la clandestinidad, arriesgando su vida. La clandestinidad afecta a las más pobres. Este lunes se habría resuelto la objeción de conciencia, otra sentencia.
También, la SCJN resolvió una petición de inconstitucionalidad, por la negativa a interrumpir el embarazo por violación, despenalizado desde 1931 en las 32 entidades del país. Tan trascendente como lo resuelto en el sentido de que no es persona el cigoto.
La Corte no está legislando sino resolviendo acciones de inconstitucionalidad, por grupos y hasta instituciones. Sus resoluciones se convierten en jurisprudencia y se trata de la última instancia. Así en todo el país no podrá criminalizarse a las mujeres por interrumpir su embarazo. Delito común en los códigos penales locales, que suman al delito a quienes ejecutan el aborto.
El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) informa que entre 2010 y 2020, se apresó a 172 personas —28 mujeres y 129 hombres—, en el país. Principalmente en la Ciudad de México, Tamaulipas y Veracruz. La organización Las Libres, de Guanajuato, sostiene que al menos 200 mujeres están presas, no por aborto sino por “homicidio agravado de un miembro de la familia”, una maniobra legaloide que afectó a mujeres campesinas.
Hoy es imperativo que las liberen inmediatamente, porque ninguna lo ha logrado vía la amnistía que ofreció la 4T. Muchas de estas mujeres, en proceso o presas, están esperando justicia. Esta vez habrá que vencer a la burocracia y falta de entendimiento que ha hecho inoperante la amnistía.
La trascendencia de las sentencias de la Corte, a pesar de que se acumularon demandas de inconstitucionalidad hace más de 11 años, es que finalmente se reconoce la violación a los derechos humanos, sexuales, reproductivos y civiles de las mexicanas y se abre el camino a ejercerlos sin temor.
¿Cuáles son las demandas? Promovidas en todo el país, por la negativa al aborto por violación a menores en Guerrero, Chiapas o Veracruz; por la negativa a interrumpir un embarazo y obviar recomendaciones internacionales de hace 21 años, y otras por la declaración de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres que mandató a los congresos locales a legislar sobre la interrupción legal del embarazo (ILE) en Veracruz y Guerrero, donde hay o había fuerte resistencia.
Con la segunda acción de inconstitucionalidad de la semana la SCJN establece que los congresos locales no tienen competencia para definir quién es persona y el momento a partir del cual se inicia la titularidad de los derechos humanos, lo que deja sin efecto los cambios constitucionales en 19 entidades del país sobre el derecho a la vida desde la concepción, hechos para obstaculizar la ILE, tras la despenalización del aborto en la Ciudad de México, en 2007.
Será larga y tortuosa la travesía armonizar las leyes y garantizar que el aborto sea seguro, en condiciones higiénicas y con buenos servicios. Nos espera el alegato jurídico, ideológico y político sobre las consecuencias de las sentencias de la SCJN, que incluyó el reconocimiento a la lucha de las mujeres y a su marea verde.
Empiezan a surgir las voces discordantes, sobre un debate de al menos 85 años, desde la primera iniciativa sobre permitir el aborto para quien así lo deseara y animado por una razón suprema, evitar la muerte anticipada de las mujeres. Asunto de salud pública.
Las mujeres que no quieran interrumpir su embarazo, es claro que están en su derecho. Hoy, al menos 10 entidades discuten iniciativas de la ILE en congresos locales. Así que paciencia. Veremos.
*Periodista. Director del portal informativo, SemMéxico.mx