Partidos políticos cumplen con la paridad en candidaturas: INE

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  • Se avanza en la construcción de espacios de participación igualitaria: Carla Humphrey Jordán
  • La activista María Elena Ríos Ortiz va como candidata de Morena

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 14 de marzo 2024.- La consejera electoral, Carla Humphrey Jordán, reconoció el compromiso de los partidos políticos de generar espacios de representación igualitaria en esta etapa de registro de sus candidaturas, al menos en diputaciones todos los partidos políticos cumplieron por postular en al menos el 50 por ciento de sus candidaturas a mujeres.

En tanto, que en las senadurías todas las fuerzas partidistas, salvo una, postularon un mayor número de mujeres en al menos 50 por ciento de sus candidaturas. Por lo mismo, se congratuló de este logro y reiteró que se debe seguir avanzando en la construcción de espacios de participación igualitaria para las mujeres.

Asimismo, a propuesta de la consejera Humphrey Jordán, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó el registro, como candidata suplente en la Cuarta Circunscripción la activista María Elena Ríos Ortiz, quien fue postulada por Morena para ocupar una acción afirmativa indígena.

La saxofonista es originaria de Santo Domingo Tonalá, Oaxaca, una comunidad de la mixteca oaxaqueña, fue atacada con ácido en 2019 por lo que tuvo que desplazarse a la Ciudad de México, porque su vida estaba en peligro. Aunque no reside en Oaxaca el vínculo con una comunidad indígena es suficiente para la acción afirmativa indígena, consideró la consejera Humphrey Jordán.

Por otra parte, conforme a lo establecido en las leyes electorales, se verificó que las solicitudes de registro de candidaturas reunieran los requisitos establecidos en el cumplimiento al principio de paridad de género; porcentaje por género de las candidaturas a senadurías por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

Así como el porcentaje por género de las candidaturas a diputaciones, también por ambos principios; de las paridades horizontal, vertical y transversal; de la elección consecutiva; así como del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y de las duplicidades.

El INE aprobó registro de formulas a senadurías y diputaciones

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el registro de las candidaturas a senadurías y diputaciones al Congreso de la Unión, por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional, de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Verde Ecologista de México (PVEM) y de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, al dar cumplimiento a los requerimientos de rectificar sus correspondientes solicitudes.

Asimismo, no se registraron algunas candidaturas de los partidos del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC) y Morena, por no cubrir los requerimientos formulados en sus postulaciones tanto en diputaciones y senadurías.

Derivado de ello, se amonestó públicamente a los partidos del PT, MC, Morena y a la coalición Sigamos Haciendo Historia por no atender los requerimientos formulados por el Consejo General el pasado 29 de febrero, y se les requirió para que, dentro de 24 horas, rectifiquen las peticiones de registro señaladas como no procedentes y, en su caso, observen la legislación aplicable en materia de paridad de género y acciones afirmativas; de lo contrario, se procederá a no registrar las candidaturas correspondientes.

Por lo tanto, el máximo órgano de dirección del Instituto aprobó el registro de las fórmulas de candidatas y candidatos a senadurías y diputaciones, por ambos principios, para las elecciones federales del año 2024, señaladas como procedentes y presentadas por el PRI, PRD, PT, PVEM, MC, Morena, así como las de las coaliciones Fuerza y Corazón por México y Sigamos Haciendo Historia.

De igual forma, el Consejo General del INE aprobó los sobrenombres de candidaturas, considerando que la denominación con la que se le conoce públicamente a una persona candidata no puede sustituir o eliminar el nombre y apellidos de la misma; por lo que el sobrenombre debe incluirse después de dichos elementos.

SEM/em/sj

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