* Diputado Miranda García propone que toda muerte violenta de mujeres se investigue como feminicidio
* Descarta suicidios y supuestos accidentes, dice especialista
Ángeles Gónez
SemMéxico, Benito Juárez, Quintana Roo, 17 de junio, 2021.- Adriana Rubio, asesora forense del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, sostuvo que la propuesta legislativa hecha por el diputado local Gustavo Miranda García para modificar la Ley de la Fiscalía General del Estado (FGE) y que las muertes violentas de mujeres sean investigadas como feminicidio, parece un asunto delicado considerando que no incluye los suicidios.
La experta en investigación criminalística con perspectiva de género dijo que la iniciativa presentada ayer en el Congreso local, no considera lo establecido en la sentencia Mariana Lima Buendía, del 17 de diciembre de 2012, que incluye también los supuestos suicidios y supuestos accidentes, eso causa confusión y va en contra el estándar nacional, por lo que calificó la iniciativa como «un error».
Se violentaría el principio de progresividad en materia de derechos humanos, explicó la especialista.
A su vez, Irinea Buendía, defensora de derechos humanos de las mujeres, y madre de Marian Lima Buendía, cuyo caso dio origen a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, plantea que la sentencia histórica sienta el precedente para investigar las muertes violentas de mujeres en todo el país, lo que obliga a las Fiscalías de cada entidad de la República Mexicana.
De igual forma, la sentencia Mariana Lima Buendía establece que dichas muertes se deben investigar con perspectiva de género y la debida diligencia para poder acreditar que se trata de un feminicidio, de lo contrario, sostuvo, jamás van a poder acreditar que se trata de un feminicidio.
El diputado presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso local presentó la iniciativa para modificar la Ley de la Fiscalía General del Estado (FGE), para que todas las carpetas de investigación que realice este organismo a consecuencia del conocimiento de la muerte violenta de carácter doloso de una mujer sean iniciadas como feminicidios.
La propuesta busca modificar el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, para incluir un inciso “C” que detalla “Iniciar la carpeta de investigación de toda muerte violenta de mujeres de carácter doloso bajo protocolo de feminicidio”.
Así como el artículo 22 del Código Penal del Estado: La prisión consiste en la privación de la libertad personal y su duración será de seis meses a sesenta años. Y el artículo 89-Bis en el que se establece que “comete delito de feminicidio, el que dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de género. Se le impondrá prisión de cuarenta a sesenta años y de mil quinientos a tres mil días multa”.
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