Toda muerte violenta de niña o mujer hay que abordarlo como feminicidio: Mercedes Rubio Mendoza

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  • Es un derecho la reconstrucción de la verdad y la memoria en casos de feminicidio.
  • Importa investigar la vida y muerte de la víctima, pero con perspectiva de género como lo sentenció la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

Elda Montiel/ Imagen propiedad de: Isabel Mateos

SemMéxico, Ciudad de México, 20 de diciembre del 2022.- La importancia de reconstruir la verdad y la memoria en un feminicidio o muerte violenta de niñas, adolescentes y mujeres con perspectiva de género desde el inicio de la investigación, es un derecho de la víctimas y sus familiares, sin embargo no se realiza a pesar de las sentencias de Campo Algodonero (2009), Digna Ochoa y Placido (2022) y Mariana Lima Buendía (2015), explicó la especialista Mercedes Adriana Rubio Mendoza, asesora forense del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

Se expuso en la conferencia “Memoria y construcción de la verdad en la investigación forense en casos de feminicidio y muertes violentas de niñas y mujeres» coordinada por la doctora Guadalupe Valdés Osorio (Vocal Nacional de FEMU) del Museo de la Mujer, el pasado 14 de diciembre.

La especialista forense, advirtió que no todas las muertes violentas de mujeres y niñas son feminicidios, pero no se sabe al iniciar una investigación, por lo que se tienen que abordar como feminicidios porque puede serlo, y en caso de no ser así, solo se descarta. Sin embargo, lamentó que esto no ocurre principalmente en los estados y es una constante que los presentan como suicidios y/o accidentes.

Importa investigar la vida y muerte de la víctima, pero con perspectiva de género como lo sentenció la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en el Caso de la defensora Digna Ochoa y Plácido, y que tiene repercusión nacional e internacional que sentenció al gobierno mexicano porque investigó la vida de la defensora, pero para denostar su imagen como lo hicieron las autoridades para justificar su hipótesis de suicidio. “Lo que fue terrible, dijo, porque manda un mensaje de impunidad”.

Conforme a la sentencia, “se violaron las garantías judiciales, el derecho a la integridad personal y el derecho a la protección de la honra y de la dignidad. Hubo negligencia en el manejo de la escena del crimen, en la integración del expediente y en la necropsia médico legal”.

Importa cómo y para qué se investiga

Precisó que se debe investigar la vida de la víctima, pero para encontrar las causas de la muerte, ya sea en un ambiente privado e íntimo, donde puede haber simetría de poderes entre el agresor y la víctima. O en el caso público, feminicidios en vía pública terrenos baldíos, donde la víctima fue agredida en contextos de criminalidad.

Se tiene que demostrar que existía simetría de poderes entre el agresor y la víctima como en el caso de Mariana Lima Buendía cuando ocurren en espacios privados, que también lo presentaron como suicidio cuando fue un feminicidio y que dio origen a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 2015 que toda muerte violenta de mujeres debe hacerse con perspectiva de género.

Se tiene que entender como la víctima vivía en un contexto de vulnerabilidad, por lo que hay que reconstruir los hechos, la diligencia tiene que ser especializada con perspectiva de género porque puede haber estigmas de esa violencia que se dio meses antes.

La medicina forense tiene que dimensionar las causas de la muerte

La medicina forense no puede quedarse sólo con explicar la causa de la muerte, tiene que dimensionar los impactos de la violencia, ya sea en espacios privados, íntimos, o cuando los feminicidios ocurren en contextos criminales y ocurren en vía pública, o en terrenos baldíos, explico la especialista.

Puso como un ejemplo terrible de investigar sin perspectiva de género, lo que ocurrió en el caso de Digna Ochoa que se investigó como vivía y concluyeron que ella había simulado su agresión y que realmente era un suicidio, y denostaron su imagen, lo que es un mensaje de impunidad de que no hay culpables.

Señaló que no sólo es el caso de Digna Ochoa y Plácido, sino que hay múltiples casos que se investigan sin perspectiva de género y revictimizan o culpabilizan a la víctima.

Recalcó la importancia de esta sentencia que en el renglón 60 de la sentencia de la CIDH dice que: “La señora Digna Ochoa y Plácido tuvo repercusión nacional e internacional…”

La CIDH concluyo que “la muerte de Digna Ochoa no fue un suicidio y que el gobierno de México cometió errores durante la investigación de sus casos entre los que resaltan fallas procesales y prejuicios por parte de las y los funcionarios.

El objetivo de la conferencia es visibilizar la importancia de la construcción de la verdad como derecho de las víctimas; hablar de memoria como dignidad de las víctimas y principio de no revictimización; y resaltar la importancia de la investigación forense para el acceso a la justicia en casos de muertes violentas de niñas y mujeres y feminicidios.

Se destacó que es un tema complejo que se tiene que dimensionar el impacto porque tiene repercusiones sociales y comunitarias como en el caso de Lesvy Berlín Rivera Osorio, cuyo feminicidio ocurrió el 3 de mayo del 2017 dentro de Ciudad Universitaria lo que impactó a la comunidad universitaria donde el mensaje es que la institución educativa ya no es un lugar seguro.

Además los feminicidios impactan cuando hay hijas e hijos en su desarrollo cuando ocurre en el ámbito familiar y provoca un daño irreversible.

La especialista explica que la investigación forense no se puede quedar en una diligencia básica, tiene que ver todo tipo de evidencias que demuestren la violencia días antes que se materializa en la privación de una vida. Como ropa sucia, objetos y todo se tiene que documentar en fotografía.

Explicó que las muertes tienen repercusión y eso es “memoria” como en el caso del feminicidio de Zyanya Estefanía Figueroa Becerril una médico pediatra en la ciudad de Puebla en México, el 15 de mayo de 2018, en el que su padre señala que no solo privaron de la vida a su hija sino también privaron de la posibilidad de sanar a niñas y niños, ya que el objetivo de la víctima era especializarse.  En septiembre de 2021, un juez ordenó enmendar la investigación bajo una perspectiva de género. ​

Por eso señaló la importancia de reconstruir los hechos porque la investigación por si sola no va a dar con la verdad, se tiene que hacer una evaluación retrospectiva, pero enfatizó siempre con perspectiva de género.

Riesgos de la Necropsia psicológica

En los casos de suicidio hablo de los riesgos de la necropsia psicológica que se utiliza cuando dicen que es suicidio y que las autoridades utilizan para construir la personalidad de la víctima, pero que pueden tener sesgos discriminatorios como ocurrió en el caso de la defensora Digna Ochoa y Plácido. Porque se entrevista incluso a personas que no conocieron a la víctima o que forman parte del círculo del agresor lo que siempre va a ser negativo a la víctima.

Esto, dijo no es reconstrucción de la verdad y la memoria porque esas diligencias se vuelven contra la víctima porque pueden justificar muertes violentas de mujeres y niñas, y esto lo señala la sentencia de Digna Ochoa y Plácido. También se señala en la sentencia de Campo Algodonero, por lo que es importante ¿cómo y para qué? se va a investigar es lo que realmente nos va a llevar a la reconstrucción de la verdad y la memoria.

La Corte Interamericana en las sentencias señala que no debe haber sesgos discriminatorios en las ciencias forenses. El contexto siempre importa por lo que es necesario hacerlo con perspectiva de género desde el inicio de la investigación. Realizar una investigación de feminicidio sin perspectiva de género es una omisión y un acto de imposible reparación que afecta el derecho a la víctima a la verdad e impacta la memoria.

Señaló que la importancia de realizar las investigaciones de muertes violentas de niñas y mujeres con perspectiva de género es porque se sientan las bases para hacerlo en otros casos similares.

En el caso opuesto también se sientan precedentes de similitudes y no se investigan como en el Caso de Campo Algodonero una de las victimas salió a una fiesta y ya no regreso, y no se investigó. Lo mismo paso con el recién caso de Debanhi Escobar en Monterrey, la joven desapareció cuando fue a una fiesta y tardaron en investigar, hay un contexto de no localización. En estos casos son los familiares los que realizan las investigaciones. Además indicó que no existen pretextos de las autoridades porque existen protocolos para realizar las investigaciones de feminicidios nacionales e internacionales. Existen múltiples herramientas para investigar con perspectiva de género.

Se refirió que en el aspecto técnico hay dos tipos de diligencias, las de debida diligencia y las particulares o especializadas que se exigen en el caso de los feminicidios que emanan de las sentencias de la CIDH, como Campo Algodonero o Digna Ochoa y Plácido y la sentencia de la SCJN, como en el caso de Mariana Lima Buendía, que se tienen que cumplir con perspectiva de género.  

Aunque implica más esfuerzo, aparentemente, si los peritos ya están en el lugar de los hechos tiene que ver más detalles, como una blusa desabotonada, o una posición de la víctima que denota uso de la fuerza, por ejemplo. Porque de no hacerlo es un tema de omisión.  Se tiene que hacer algo mas especializado. También dijo, que hay maneras de reforzar esa debida diligencia, la perspectiva de género va a servir para la reconstrucción de la verdad y la memoria en los feminicidios y muertes violentas de niñas y mujeres.

SEM/MG

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