Aprueba Congreso de Michoacán reformas que tipifican la violencia política de género

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  • Las reformas al Código Electoral, garantizarán elecciones sin violencia política en razón de género en Michoacán.

Redacción

SemMéxico. Morelia, Michoacán. 16 de mayo 2020.- Con 30 votos a favor, las y los diputados de Michoacán aprobaron diversas reformas al Código Electoral del estado y a la Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, en las que se destaca la tipificación de las conductas constitutivas de violencia política por razones de género.

Ante ello, la diputada Lucila Martínez Manríquez, presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, afirmó que se le ha cerrado el paso a la violencia política en razón de género, en el estado,  ya que nuestra legislación electoral ahora establece de manera contundente y precisa sanciones para quienes en ella incurran.

Martínez Manríquez comentó que ahora la norma electoral en el estado, ordena a los partidos políticos abstenerse en su propaganda política o electoral, de cualquier expresión que calumnie a las instituciones, a los partidos políticos, a las personas o que constituya violencia política en razón de género.

La Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género elaboró propuestas para que la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana incorporara a la reforma electoral, el marco normativo para sancionar la violencia política en nuestro estado, lo que armoniza la legislación local con la federal.

 “Por Ley los partidos están obligados a establecer mecanismos para prevenir, atender, sancionar y, en su caso, erradicar la violencia política en razón de género”, refirió la legisladora.

También destacó que la norma ahora define de manera clara, que tal violencia comprende el imponer la realización de actividades distintas a las atribuciones inherentes al cargo o función; restringir o limitar injustificadamente la realización de acciones o actividades inherentes a su cargo o función;  proporcionar información o documentación incompleta o errónea con el objeto de impedir el ejercicio pleno de los derechos político-electorales o inducir al ejercicio indebido de sus atribuciones o facultades.

Por su parte el diputado Javier Paredes, señaló que dicha reforma, garantizará el cumplimiento de la paridad  horizontal, vertical y sobre todo transversal en la postulación de  candidaturas, a través de la metodología, instrumento que, sumado con la  incorporación de la figura de violencia política en razón de género en  la presente iniciativa, impulsará una mayor participación electoral de  las mujeres en la vida pública de Michoacán.   

“La finalidad es clara,  elecciones sin violencia política y con piso parejo, el fortalecimiento  al árbitro electoral que regrese a los ciudadanos la transparencia y la  certeza en los resultados de las elecciones, con reglas claras y  confiables, aplicables al próximo juego democrático”, enfatizó.  

Por ello, las autoridades responsables de la aplicación de esta Ley, estarán obligadas a elaborar acciones y políticas públicas que integren en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y el Instituto Electoral de Michoacán, podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas a que se refiere la presente Ley.

Cabe señalar que otros factores que representan violencia política a las mujeres, abarcan el ocultar información o documentación con el objeto de limitar o impedir el ejercicio de sus derechos político-electorales o inducir al ejercicio indebido de sus atribuciones o facultades; difundir cualquier tipo de información y/o material con la finalidad de coartar, inhibir, impedir o limitar el ejercicio de sus derechos político-electorales o impedir el ejercicio de sus atribuciones o facultades; e impedir o restringir su incorporación, toma de protesta o acceso al cargo o función para el cual ha sido nombrada o elegida, entre otros.

SEM/IL

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