Marchan feministas por despenalización del aborto en Chiapas

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  • Sigue congelada la iniciatia que despenaliza el aborto en la entidad.

Candelaria Rodriguez

SemMéxico. Chiapas. 27 de septiembre 2020.-exposiciones de motivos para legislar para despenalizar el aborto en Chiapas no han sido suficientes para enfrentar las posiciones de conservadurismo que atenta contra el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su cuerpo, que ha impedido que la LXVII legislatura del Congreso de Chiapas, abra paso a la lectura de la iniciativa que desde el mes de mayo, presentara el Grupo Parlamentario de Morena y la Campaña Estatal por el aborto en Chiapas.

En respuesta a la falta de avances de la iniciativa que aún se encuentra en la congeladora, mujeres jovenes, en su mayoria, marcharon en Chiapas en diversos municipios como San Cristóbal de las Casas, Chiapa de Corzo y Tuxtla Gutiérrez,  en el marco del  Día de Acción Global por el acceso al Aborto Legal y Seguro, o el Día por la Despenalización y Legalización del Aborto, que se celebra el 28 de septiembre de cada año para exigir al congreso abra paso a la iniciaiva de reforma a los artículos 178 al 183  del código penal estatal, que impulsa la legalización del aborto, lo anterior, es una demanda urgente, expusieron las jovenes.

La iniciativa propone reformas a los artículos del 178 al 183 que contemplan, «que el aborto es la interrupción del embarazo después de la doceava semana de gestación”.

La marcha que partió de la Unidad Administrativa en Tuxtla Gutiérrez, donde se ubica la Secretaría de Salud a la explanada del Parque Central, se colocaron mantas e hicieron pintas en el suelo,  con una breve resaña de la demanda, destacando, «de acuerdo al inegi,  Chiapas representa el 18.8% de embarazos adolescentes menores de 20 años. El 44.6%  de mujeres no tiene acceso al uso de control natal, un porcentaje alto». 

Da acuerdo al codigo penal en Chiapas, el artículo 181 permite interrumpir el aborto bajo las tres causales: Por violación, que esté en riesgo la vida de la madre y por determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas.

Por su parte, la iniciativa tiene sustento con base a lo resolución de la Corte que en el 2018, revolvió a través de Amparo en Revisión 1170/2017, que las instituciones de salud deben contar con políticas  de salubridad para atender, sin dilación alguna, casos urgentes de interrupción legal del embarazo en caso de violación.

Y en el 2019, mediante el Amparo en Revisión  1388/2015, la Corte concedió el amparo a una mujer que reclamó la negativa de diversas autoridades de una institución pública de salud en la Ciudad de México, a realizar la interrupción de su embarazo por razones médicas.

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