Olimpia Flores Ortiz
SemMéxico. Zaachila, Oaxaca. 22 de noviembre 2021.- El proceso penal que se le sigue a Rosario Robles es una lección para la cultura legal de la sociedad mexicana. Hay que aprenderla.
La semana que pasó, vimos que familia y amistades de Rosario emprendieron una cruzada de Resistencia Civil Pacífica para denunciar las injusticias del proceso al que está vinculada desde hace 2 años, 3 meses y 9 días…y contando. Y para exigir su libertad.
https://www.facebook.com/Resistencia-Civil-Pac%C3%ADfica-104269945419005
Esta diáspora familiar y amistosa, postula su inocencia y es su papel. Sin embargo, para el resto, su condición no obsta para hacer eco al reclamo de justicia.
Un proceso injusto no puede llevar a la verdad ni a la justicia.
La atmósfera que envuelve a este ya prolongado episodio de la vida nacional, desde la percepción de la opinión pública, ha cambiado. La opinión que proliferó en agosto del 19, cuando R. fuera vinculada a proceso, era una mucho más antagonista y sentenciosa que la que se manifiesta ahora que ha tenido todo el tiempo para atestiguar irregularidad.
La opinión tan presta a llegar a conclusiones, literalmente con base en sus pre-juicios tendió a condenarla. Vivimos tiempos de clamar por castigo y más castigo. Así creemos conjurar al miedo.
La justicia, no es cosa de profesar fe, creer o no creer. Como bien dice Mariana su hija, lo que importa, no es si nos cae bien o mal Rosario Robles; sino el hecho intolerable -para mí- de que se pervierta un proceso penal, en donde se juega el vivir de una persona. Aún y cuando ella esté demostrando que es capaz de encontrar motivos y modos hasta en su confinamiento. Hacia adentro de Santa Martha Acatitla hace comunidad activamente y hacia afuera ha roto el silencio, está en pie de guerra, por la paz. A la paz se le conquista.
Es intolerable porque es un síntoma que nos afecta, en la medida en que es amenazante: el Estado de bienestar que anuncia como profeta el señor Amlo, lo concibe centralista y autoritario, en donde la autoridad es unipersonal y por lo tanto tiene licencia para instaurar el Estado de los rencores, de la persecución, de la venganza, del aniquilamiento, y de dar rienda suelta a la innoble pasión que atraviese al Primer Mandatario de la Nación, al cabo el pueblo lo ama. ¿Su temperamento viene en combo con la 4t?
No soy de la legión que cree que todo pasado fue mejor, pero no tengo razones para estar de fiesta. Me parece que el punto es que nos debiera indignar por igual la desfachatez con la que se inventan pruebas, para justificar un proceso que debió ser pulcro si el ánimo era el de la verdad y la justicia.
Pero no lo fue. Y ya no lo puede ser: pervertido desde el inicio, el proceso penal ha sido conducido tortuosamente desde la obsequiosa Fiscalía General de la República sumando a estas alturas 68 agravios documentados por la defensa:
La tortuosidad del proceso se ha llevado sin prisa y ya se rebasaron los plazos que establece el Código Federal de Procedimientos Penales:
Artículo 165. Aplicación de la prisión preventiva |
Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. La prisión preventiva será ordenada conforme a los términos y las condiciones de este Código. |
La prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado. Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares. |
Viene resultando además que el delito que le imputan es el de “Ejercicio indebido del Servicio Público” (omisión), que no amerita la prisión preventiva. Mediáticamente se le acusa de un desfalco al erario sin que hayan podido aportar pruebas al respecto. Por eso el carácter irregular que le han impreso al proceso.
Se puso en marcha una conflagración institucional, se le judicializó un expediente, sin haber configurado el delito; a petición de la propia RR, la Secretaría de la Función Pública emitió una resolución asentando que su evolución patrimonial está en orden y no tiene irregularidades patrimoniales, para luego emitir una segunda resolución que desembocó en su inhabilitación por 10 años; la Cámara de Diputados con la mayoría respaldando al Torquemada Pablo Gómez le hizo un juicio político con un proceso plagado de irregularidades, tales como las sesiones de la Sección Instructora sin convocatoria previa, o que sólo existen en el papel, pero eso sí, muy publicitado (así se las gasta este agitador de oficio al que mandaron a la Unidad de Inteligencia Financiera).
Y a tanto, después de amparo tras amparo, cuando todo parecía indicar que le sería modificada la medida cautelar a principios de octubre, porque un juez había ordenado reconsiderar la medida de prisión preventiva, sorpresivamente se le ratificó con la perorata de la posible fuga.
Más de dos años, sin poder llegar a juicio y de ser sometida a una justicia subjetiva. Oxímoron.
¿Qué es lo que dicen tener en su contra?
No es admisible desde ningún punto de vista pasar los hechos por alto porque en este caso se tengan reticencias respecto de la controvertida personaja. ¡Cuidado con acostumbrarnos a la justicia a modo!
La prisión preventiva debe aplicarse solo por “excepción” y en este caso está fuera de lugar y también de tiempo.
A ver si vamos a esperar a que esa excepción se generalice. Que te condenen y encarcelen sin previo juicio. Que se pueda inhabilitar fuera de regla a cualquier persona del funcionariado público. Organizar sainetes para enjuiciar políticamente a lxs adversarixs. Y echar por la borda en la práctica a la figura del amparo. Esa cadena no tendrá fin.
LQQD: El proceso seguido a Rosario Robles Berlanga se ha vaciado de verdad y de justicia. ¡Libérenla ya!
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