Incluye Congreso de Guerrero violencia obstétrica en catálogo de tipos de violencia contra las mujeres

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  • Se espera aprobación para inclusión en Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre sin Violencia

Josefina Aguilar Pastor 

SemMéxico, Chilpancingo, Gro, 3 de junio de 2022. – Diputadas de la Comisión para la Igualdad de Género del Congreso del Estado, aprobaron el dictamen en favor de la iniciativa presentada por la diputada Gloria Citlalli Calixto, para incluir en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la violencia obstétrica, dentro del catálogo de los tipos de violencia contra de las mujeres. 

Dicho dictamen será sometido a aprobación del pleno el Congreso estatal en la sesión de la semana próxima. 

En sesión ordinaria, las integrantes de la Comisión para la Igualdad de Género, aprobaron por unanimidad el dictamen para adicionar y reformar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, presentada el 14 de enero de este año por la diputada local, Gloria Citlalli Calixto. 

En dicha iniciativa con proyecto de decreto, la diputada propuso adicionar las fracciones VI y VII al artículo 9, reformar la fracción XII, así como adicionar las fracciones XV y XVI del artículo 50 de la Ley número 553 de acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Guerrero. 

Se estableció, a la violencia obstétrica, como el conjunto de prácticas del personal de salud que dañan o denigran a las personas durante su embarazo, parto o puerperio; y según el Código Penal del Estado de Guerrero, la violencia obstétrica genera en las personas la pérdida de autonomía y de capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad.  

La omisión de la atención oportuna y eficaz de las emergencias obstétricas, así como la práctica del parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para realizarlo de manera natural, sin la obtención del consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer; constituyen algunas expresiones de la violencia obstétrica. 

La violencia obstétrica se considera un tipo de violencia de género, pues suele evidenciar relaciones de poder asimétricas entre el personal médico en general, especialmente en los hombres, con las mujeres.  

Además, en muchas ocasiones, estas prácticas violentas se han normalizado y las mujeres que sufre dicha agresión no son conscientes de que están siendo víctimas.  

Dieron a conocer datos estadísticos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), donde se precisó que durante el último parto de las mujeres encuestadas en Guerrero, el 26.3 por ciento de los embarazos presentaron violencia obstétrica durante su atención.  

Por otro lado, un trabajo de investigación del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro) realizado en 2008, encontró que hay una serie de procedimientos innecesarios que son aplicados a las mujeres embarazadas durante el parto vaginal en la entidad. 

Algunos de ellos son la aplicación de suero e impedimento de elegir la posición más cómoda, ruptura de la fuente o la aplicación de lavativas o enemas. Y aunque en la entidad existen diferencias sustanciales entre el sector urbano y el rural, la realidad es que se han registrado casos de violencia obstétrica en ambos sectores, “lo que evidencia la necesidad de atender el tema de manera integral”, señala la iniciativa. 

En el análisis realizado al interior de la comisión dictaminadora,  coincidieron en aprobar que la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Guerrero, contemple la violencia obstétrica como uno de esos tipos de violencia que se cometen contra las mujeres y que además, requieren prevención, atención, sanción y erradicación, debido a que no existe un pronunciamiento en esta Ley en torno al concepto y los alcances de la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. 

“Guerrero es de las 14 entidades de nuestro país que no reconocen ni contemplan mecanismos de prevención y atención para este tipo de violencia en su marco legal. Además, es de las únicas 3 entidades que no consideran una posibilidad legal de incluir otros tipos de violencia enlistados de manera explícita”, establece el dictamen. 

Así, propuso establecer que la Violencia Obstétrica, se refiere a toda acción u omisión de profesionales y personal de la salud en el ámbito público y privado, que cause daño o perjuicio físico, sexual, psicológico y de cualquier índole a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio, que se exprese. 

La falta u obstaculización de acceso a servicios de salud sexual o reproductiva; un trato discriminatorio y menoscabo a las mujeres; medicación sin contemplar el contexto particular de cada una de las mujeres; la práctica innecesaria, no autorizada o consentida sin información suficiente de intervenciones o procedimientos quirúrgicos; la falta de acceso, manipulación o negación de información; prácticas que violenten la intimidad de las mujeres a través de tocamientos o exhibiciones innecesarias a sus cuerpos. 

La ausencia o falta de aplicación de protocolos de actuación, políticas públicas, reglamentos y acciones en espacios públicos dirigidas al cuidado de las mujeres en estas etapas; así como dirigidas al cuidado de las mujeres cuyos productos nacen muertos; ausencia o falta de aplicación protocolos de actuación, políticas públicas, reglamentos y acciones en espacios públicos dirigidas al trato digno de las familias, acompañantes y amistades de las mujeres durante estas etapas.

Cualquier otra forma de violencia obstétrica física como el suministro injustificado de medicación de la mujer o el no respetar los tiempos y las posibilidades del parto biológico; y cualquier otra forma de violencia obstétrica psicológica, incluido el trato grosero o discriminatorio cuando la mujer pide asesoramiento o requiere atención 

En la reforma al artículo 50, que señala que corresponde a la Secretaría de Salud (…) capacitar al personal del sector salud, con la finalidad de detectar violencia contralas mujeres., proponen reformar  la fracción XII,  con una modificación, y establecer como facultad de la Secretaría de Salud; capacitar al personal del sector salud con perspectiva de género, con la finalidad de que detecten todas las formas de violencia incluida la obstétrica. 

Fracción XIV; Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia; fracción XV; diseñar una política de prevención, atención y erradicación de la violencia obstétrica, garantizando en todo momento la aplicación de la NOM-007-SSA2-2016, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. 

La propuesta fue aprobada por unanimidad de las diputadas, Gabriela Bernal Reséndiz, Gloria Citlalli Calixto Jiménez, Alicia Zamora Villalba y Patricia Doroteo.

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