- Incluso se anularía el proceso electoral si se acredita el ilícito contra las mujeres
- Ordena crear el Banco Estatal de Datos e Información
Redacción
SemMéxico, Oaxaca, 28 de mayo de 2020.- El Pleno de la LIXV Legislatura del Congreso de Oaxaca, aprobó con la mayoría de votos de los asistentes a la Sesión Extraordinaria de este jueves, un paquete de reformas para garantizar la participación de las mujeres en procesos electorales, y en su caso, sancionar actos de violencia política por razón de género.
Al aprobar reformas y adiciones al Artículo 114 Bis de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, y al Artículo 9 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, quedó establecida como causal para decretar la nulidad de una elección, cuando se acredite violencia política en razón de género, siempre y cuando el candidato que cometió el acto haya resultado ganador.
En este mismo tenor, la representación popular reformó la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de regular hechos y conductas que, tradicionalmente, no fueron contempladas o sancionadas por la Ley.
También, otorga facultades adicionales a la Fiscalía General del Estado (FGEO), al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) y al Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), con el objetivo de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género.
El Instituto y el Tribunal Electoral, podrán solicitar a las autoridades competentes órdenes o medidas de protección y reparación para las mujeres víctimas de violencia política.
Asimismo, la Fiscalía tendrá la responsabilidad de investigar, bajo perspectiva de género, en los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género. Además, creará, actualizará y administrará el Registro de Casos de Violencia Política contra las mujeres.
Otra reforma a esta misma legislación, permitió la creación del Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, al ser el análisis de datos recopilados un factor indispensable para la transversalización de las políticas públicas que atiendan y prevengan factores de riesgo para las mujeres.
Armonización de leyes
Por su parte, la vicepresidenta de la Mesa Directiva del Congreso oaxaqueño, Hilda Graciela Pérez Luis, informó de esta forma se logró la armonización de las leyes locales en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género y paridad; por lo que la participación de las mujeres en el siguiente proceso electoral para la elección de legisladores y Ayuntamientos municipales, será en mayores condiciones de igualdad con los hombres.
La legisladora dijo que también se garantiza que toda violencia ejercida contra las mujeres en propaganda impresa o medios de comunicación, sea suspendida a través de la aplicación de medidas cautelares que se ejercerán a través de las autoridades involucradas.
Garantizan participación de mujeres en SIN
Además, señaló que en los Sistemas Normativos Indígenas se garantiza la participación de las mujeres en condiciones de paridad tomando como una base el principio constitucional de progresividad de derechos.
De la misma manera, informó que con la incorporación de la perspectiva de género, las actuaciones de las autoridades administrativas electorales, Fiscalía General, Tribunal Electoral y las demás autoridades deberán aplicarse bajo una óptica de derechos humanos a favor de las mujeres, que les garantice el acceso a justicia y a la reparación integral del daño.
Hilda Luis, indicó que Oaxaca reformó la Constitución Política local, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género y la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y Participación Ciudadana.
Además; indicó que adicionalmente se garantizó el derecho a la protección de la imagen e intimidad de la niñez oaxaqueña; pues con éstas nuevas disposiciones todos los partidos políticos y las candidaturas independientes no podrán utilizar la imagen de niñas, niños y adolescentes en la propaganda electoral sin los requisitos exigidos por la ley; por lo que, la utilización ilegal de la imagen de menores de edad será sancionada.
SEM/sj