Proponen sancionar terapias de reorientación sexual, Citlalli Hernández

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* La iniciativa contempla adicionar el Código Penal Federal

* Ese tipo de “terapias” son violatorias a los derechos humanos de las personas

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México, 2 de abril, 2020.- Las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual, conocidas como “Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig)”.

Estas prácticas son violatorias de los derechos humanos y una forma discriminatoria que excluye a las personas por su preferencia sexual, además de que están relacionadas con actos de privación de la libertad, violaciones “correctivas”, violencia económica y tortura en contra de las víctimas, que generalmente no denuncian.

La senadora por Morena, Citlalli Hernández, en la exposición de motivos, señala que se decidió adicionar en el Código Penal Federal, un Capítulo IX al Título Octavo de Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, para sancionar con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

También se indica que se aumentarán al doble dichas sanciones, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el apartado de “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”, indica que en caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez.

Y las sanciones se aumentarán al doble, cuando la persona autora tuviere con la víctima relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación. De la misma manera, cuando se valga de una función pública para cometer el delito o emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

Se especifica que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características de este tipo de delitos.

El proyecto de decreto también adiciona el artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, a fin de precisar que a los profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas, además, de ser suspendidos en el ejercicio profesional, hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelará el registro de la cédula profesional respectiva.

Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se deberán solicitar los dictámenes necesarios para conocer su afectación. En caso de incumplimiento a la presente disposición por parte del Ministerio Público, éste será sancionado en los términos del presente Código y de la legislación aplicable, se indica.

Tanto la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han condenado esta práctica del Ecosig, ya que sostienen que la identidad y la expresión de género, así como la orientación sexual no puede ser modificada por terceras personas o por el Estado.

Asimismo, exhortan a los Estados a adoptar medidas para prevenir, investigar y procesar todas las formas de tratamiento y procedimientos forzados, coercitivos o involuntarios contra personas de la comunidad LGBTI.

La senadora Citlalli Hernández, una de las principales promotoras de esta reforma, advirtió que estas terapias pueden terminar en el suicidio o en situación de calle, por las personas que han sido víctimas de este tratamiento al no ser aceptadas por sus familiares.

“Hay que pensar, dijo, en la diversidad sexual, no como una enfermedad sino como una parte de la pluralidad social”.

Reconoció que la comunidad LGTBI sigue viviendo altos niveles de discriminación, por lo que si en el hogar comienzan a eliminarse las estructuras de discriminación y exclusión seguramente habrá un gran impacto en lo social.

Citlalli Hernández informó que se tenía previsto que el dictamen fuera aprobado por el Pleno en el actual periodo ordinario de sesiones; sin embargo, ello dependerá de los tiempos impuestos por la contingencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, pues en este momento el Senado suspendió sus sesiones por la emergencia.

SEM/em/sj

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