TEPJF ordena emitir convocatoria exclusiva para mujeres a presidir el OPLE Jalisco

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Determinó que las mujeres han sido discriminadas para ocupar el más alto cargo de dirección del órgano local

Analy Nuño

SemMéxico, 17 de junio de 2021, Ciudad de México.- Por decreto, Guillermo Alcaraz Cross, consejero presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco desde el 2014, sólo podrá ser relevado en el cargo por una mujer. 

Así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la cual ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE)  emitir una nueva convocatoria exclusiva para mujeres para el proceso de selección y designación del cargo de consejera presidenta del Organismo Público Local Electoral (OPLE) en Jalisco.

La determinación se da luego de que en abril pasado el INE emitiera la convocatoria que posteriormente fue impugnada por no considerar el principio de paridad. “Al resolver el juicio ciudadano las y los magistrados calificaron de fundados los agravios pues el INE debió emitirla solo para mujeres dado el contexto de la integración histórica del órgano máximo de dirección electoral local que nunca ha sido presidido por una mujer”.

Por ello, este miércoles por unanimidad de votos, la Sala Superior del  TEPJF revocó la convocatoria emitida y ordenó al INE que emita una nueva convocatoria exclusiva para mujeres a presidir al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) así como dejar subsistentes los registros en línea de las mujeres aspirantes que presentaron sus formatos y documentación durante el periodo establecido en el acuerdo INE/CG420/2021.

“El INE inobservó el principio de paridad en la designación de autoridades, porque debió establecer alguna medida eficaz para lograr la igualdad en el acceso a cargos públicos, a fin de tener una representación equilibrada de los géneros por el contexto específico de la autoridad que se renueva”, señalaron los miembros de la Sala Superior.

Las y los magistrados sostuvieron que el INE debe valorar caso por caso la integración del OPLE para el que convoca, tomando en consideración la alternancia y la integración histórica de estos organismos, con especial mención a su presidencia, pues es el cargo que menos han ocupado las mujeres.


“La convocatoria exclusiva para mujeres se justifica porque en el caso concreto han sido discriminadas de ocupar el más alto cargo de dirección dentro del Consejo General del OPLE”, argumentó la Sala.

Finalmente explicaron que para el caso de la designación de las consejerías de éstos organismos locales no es suficiente con que se garantice la integración paritaria con un mínimo de tres personas del mismo género, sino que de manera progresiva se debe buscar que se garantice el derecho de las mujeres a acceder al más alto cargo de dirección en los institutos electorales locales. 

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