- Si hay avance es por la tarea machacona de las feministas quienes exigen la aplicación NOM-046 como una reparación de daño inmediata a la víctima
- En 2020 146 diputadas y diputados de 6 de los 8 grupos parlamentarios promovieron la iniciativa para lograr la despenalización del aborto en todo el país.
Elda Montiel
SemMéxico, Ciudad de México, septiembre 2023.- Los avances por una interrupción legal del embarazo y un aborto seguro en México, son resultado de la lucha de las mujeres, de antaño y por las activistas de la marea verde.
Pero todavía hay obstáculos. Congresos, gobiernos y presión de la derecha, impiden que se descriminalice en todo el país, formal y materialmente.
El avance en la despenalización del aborto ha sido labor ardua de feministas para que los congresos legalicen la interrupción legal del embarazo.
Así como los amparos interpuestos para lograr las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), primero la del 2021 que descriminaliza el aborto de manera absoluta y la actual del 2023 que despenaliza por vía judicial el aborto en el Código Penal Federal, lo más importante es que se pueda acceder en las instituciones de salud federales como el IMSS, ISSSTE y PEMEX al acceso al aborto seguro y gratuito.
Son avances, pero los obstáculos persisten. A dos años de la sentencia para que no se pueda criminalizar el aborto, como fue la sentencia del 2021 de la SCJN que ordenó al Estado de Coahuila a cambiar su código penal, sólo 11 de los 32 estados han modificado sus legislaciones.
En el caso de la sentencia del 6 de septiembre del 2023 que despenaliza por vía judicial el aborto en el Código Penal Federal, por lo que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a abortos en instituciones federales de salud, el Congreso de la Unión deberá derogar el articulado que criminaliza el aborto del Código Penal Federal antes de terminar el periodo ordinario de sesiones el 15 de diciembre.
Lo más importante de esta sentencia es que obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social dar atención a las mujeres que quieren interrumpir su embarazo, ya que por años se ha negado al dar el servicio de aborto por violación como obliga la Norma 046, y en las 12 entidades federativas donde ya está legalizado la Interrupción Legal del Embarazo.
En México se permite un acceso parcial al aborto, en la mayoría de los casos hasta las 12 semanas de embarazo, en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz —donde estaba aprobado antes de la decisión de la Corte de 2021—, y a raíz de la resolución del tribunal se aprobó en Coahuila, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Aguascalientes, este último hace apenas hace unas semanas, gracias a un amparo ganado por la organización GIRE.
La organización feminista, tiene ya presentados otros 21 amparos para los Estados que faltan por modificar su código penal.
Abogadas feministas han advertido que la sentencia para despenalizar del Código Penal Federal el delito de aborto y el acceso a los servicios de salud federales puede provocar un efecto dominó para que los Congresos locales se adelanten y quiten el aborto de la legislación.
Por el contrario, también puede provocar que los Estados más conservadores dejen que sea la Suprema Corte quien les obligue porque así no asumen ellos el costo político como lo ha señalado Guadalupe Ramos Ponce, vicecoordinadora de Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM).
La abogada feminista especialista en policía criminal, Claudia Espinosa Almaguer, advierte que la agenda feminista sí busca la interrupción legal del Embarazo, pero para que las mujeres decidan de manera libre e informada, no para promover abiertamente su explotación reproductiva en el país, porque puede abrir paso a paso a la regulación de la “gestación subrogada”, un punto que también es parte de las causas a seguir por GIRE quien interpuso el amparo para la despenalización del delito de aborto en el Código Penal Federal.
También explica que existe todavía 20 estados en los que sigue vigente el aborto como un delito.
“Además que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no cumple ni las recomendaciones que desde hace años tienen pendientes con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre crear protocolos para el cumplimiento de la interrupción del embarazo por violación que indica la NOM-046.
“Esas resistencias y principalmente el necesario cambio cultural en el personal sanitario no se producen de la noche a la mañana menos cuando el poder legislativo, a quien sí le compete modificar el Código Penal Federal todavía no lo ha hecho”.
El Congreso de la Unión obligado a derogar el articulado en el Código Penal Federal
Aunque los efectos de la sentencia son aplicables desde el mismo momento en que fue emitida, 6 de septiembre de 2023, el Congreso de la Unión tiene que derogar las normas contenidas en el Código Penal federal que criminaliza el aborto voluntario antes de que finalice el periodo de sesiones ordinario este 15 de diciembre.
La resolución federal de la Suprema Corte de Justicia es un logro importante, pero todavía falta mucho para lograr la despenalización del aborto mientras aparezca como delito en los códigos estatales y no se regule de manera específica los criterios para su aplicación, reconoce Verónica Esparza, abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
Las demandas del 28S incluyen una política pública para el acceso al aborto seguro
Este 28 de septiembre en el “Día por la Despenalización y Legalización del Aborto” las demandas de la marea verde son exigir que el aborto como delito salga de todos los códigos penales, así como el acceso seguro y gratuito en los lugares donde ya se ha despenalizado.
La NOM-046
En todos los estados se permite el aborto por violación, al respecto la abogada Omaira de Jesús Ochoa Mercado preciso que el aborto por violación es una reparación del daño inmediata para las víctimas de acuerdo a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y a los principios de oportunidad, confidencialidad y respeto a la dignidad que rigen a la “NOM 046 SSA2- 2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención”, así como lo establecido en la Ley General de Víctimas.
Sin embargo, en las instituciones de salud como el Seguro Social son rechazadas, aunque debieran atenderlas, por lo que opinaron que deberían capacitarse al personal médico sobre la NOM 046.
De Jesús Ochoa Mercado refirió que la Ley General de Víctimas también especifica que las instituciones hospitalarias públicas Federales, de las entidades federativas y de los municipios tienen la obligación de dar atención de emergencia de manera inmediata a las víctimas que lo requieran, con independencia de su capacidad socioeconómica o nacionalidad y sin exigir condición previa para su admisión.
En mayo del 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la constitucionalidad de las modificaciones NOM 046 que permite a las mujeres abortar después de una violación.
Las disposiciones antes señaladas establecen, entre otros aspectos, que las instituciones públicas de atención médica deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que el embarazo es producto de una violación.
Además de que, tratándose de personas menores de 12 años de edad, se realizará a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Aborto legal de las 12 a las 24 semanas de embarazo
Por otra parte, no existe jurídicamente un consenso ni una regla que afirme que la despenalización del aborto voluntario deba ceñirse a las 12 semanas de gestación -que fue resultado de los Papas de la Iglesia Católica- cuando otros países han transitado hasta las 24 semanas de gestación como en el caso de Colombia, Singapur, Australia y Holanda.
Como señala el estudio de Lorena Vázquez Correa “Aborto Legal: de las 12 a las 24 semanas de gestación”, cuyo hallazgo principal consiste en que las instituciones que aprobaron la interrupción legal antes de las 12 semanas sustentaron argumentos en una perspectiva restrictiva sobre cuándo el Estado está justificado para proteger la vida en gestación.
Mientras que los países que han transitado a las 24 semanas fundamentaron sus argumentos en las posibilidades reales de las mujeres para acceder a los servicios de salud reproductiva, principalmente las que viven en situación de ruralidad y vulnerabilidad.
En América Latina la movilización feminista ha logrado avances inéditos en materia de salud reproductiva y derechos en América Latina. En Argentina, la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), vigente desde enero de 2021 fijó como límite la semana 14 de embarazo para que el aborto sea legal sin necesidad de explicitar las razones (Ley 27610).
En Colombia la Corte Constitucional aprobó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24, como respuesta a una demanda presentada en 2020 por el movimiento Causa Justa, una coalición de más de 45 organizaciones que exigían el fin de la criminalización del aborto.
Sinaloa fue la primera entidad federativa mexicana que extendió el plazo más allá de las 12 semanas, hacia las 13 semanas, el 8 de marzo del 2022, y, en dicho fragmento normativo -el plazo- las feministas coinciden en que fue un elemento positivo de la reforma, se señala en la investigación.
Antecedentes
El derecho a decidir sobre el propio cuerpo es una de las demandas básicas y más antiguas del movimiento feminista y con todo y los prejuicios ha tenido una historia despenalizadora en México. La bibliografía es abundante, como bien señala la periodistas y feminista Sara Lovera.
En 1936, en la Convención de Unificación del Código Penal, Ofelia Domínguez Navarro y Matilde Rodríguez Cabo, -compañera del general Mújica-, pusieron a discusión un documento titulado Aborto por causas sociales y económicas, ambas médicas y activistas, propusieron que el Estado controlara y regulara la práctica del aborto dentro de los tres primeros meses del embarazo y documentaron desde entonces cómo se trataba de un asunto de salud pública.
El código penal de 1931 estableció que no era delito el aborto, resultado de una violación. Un asunto que todavía no entienden muchos congresistas locales; a partir de los años 70, las feministas hicieron muchas propuestas. Una iniciativa elaborada en colectivo se presentó en el Congreso en 1979, unos años después de la encuesta de 1976 que se hizo por órdenes de Luis Echeverría, en donde se recomendó despenalizar, porque morían 500 mujeres cada año.
Sara Lovera destaca que se trata de un asunto de derechos, sin duda, pero es un problema de salud pública, porque no sólo las mujeres pueden perder la vida en un aborto clandestino, sino que hay secuelas y es la cuarta causa de la muerte materna en México.
Ruta Legislativa
La ruta legislativa para la despenalización del aborto en 2019 se inicia con una propuesta de Iniciativa para una ley de amnistía contra la criminalización de los derechos reproductivos de las mujeres presentado por la diputada Lorena Villavicencio Ayala. Misma iniciativa que compartió con los congresos de otros estados.
Lo consideró como un tema de justicia social y el objetivo era atender a las mujeres que se encuentran en prisión por abortar. Era una actividad clandestina ya que solo en Ciudad de México y Oaxaca eran las únicas entidades donde estaba permitido el aborto hasta las 12 semanas de gestación. También señalaba la falta de acceso a servicios de salud de manera legal.
En el 2020 en una video conferencia y en el marco del Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro, 28 de septiembre, 146 diputadas y diputados de 6 de los 8 grupos parlamentarios promovieron la iniciativa para lograr la despenalización del aborto en todo el país.
Las legisladoras de Morena, PRI, Movimiento Ciudadano, y PRD expresaron que era “inaplazable” reconocer la Interrupción Legal del Embarazo y que el Estado asuma su compromiso de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y su acceso a servicios de salud. Por lo que la iniciativa busca modificar leyes como las generales de Salud, de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, indicaron legisladoras.
Hasta esa fecha, el “grupo plural de legisladoras” recordó que sólo la Ciudad de México y Oaxaca permitían la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas, por lo que en resto del país crece el número de abortos clandestinos.
La diputada perredista Guadalupe Almaguer Pardo dio las cifras: Aborto legal en Ciudad de México, cero. Abortos clandestinos entre 750 a un millón. Defunciones por aborto una diaria. Presas por aborto en 10 años, 220, hombres presos por obligar a abortar, cero. Personal médico sentenciado, cero.
Todavía, en un último intento para que se aprobara la iniciativa, en el último día de la sesión ordinaria de abril del 2021, las presidentas de las Comisiones de Salud y de Igualdad de Género, Miroslava Sánchez Galván y Wendy Briseño Zuloaga, respectivamente, presentaron la iniciativa, pero las y los legisladores de todos los partidos no asistieron a la reunión para no votar el dictamen.
Las diputadas morenistas, 105 de las 250, al inicio de la LXV Legislatura anunciaron su compromiso de buscar la despenalización del aborto. Las diputadas que han presentado iniciativas con Beatriz Rojas Martínez, Lorena Villavicencio, Guadalupe Chavira de la Rosa, y Marisol García Segura.
Por parte de las senadoras existe una iniciativa propuesta por las senadoras de todos los partidos políticos, incluido el PAN, para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, desde hace dos años.
Este 12 de septiembre la senadora Patricia Mercado Castro en relación a la sentencia que despenaliza el aborto del Código Penal Federal posteó en Twitter: “ es el momento ideal para que el Senado Mexicano retome la iniciativa y las Leyes Generales de Acceso a las mujeres a una Vida Libre de Violencia y de Salud, la cual presentamos hace dos años senadoras de todos los grupos parlamentarios”. Hoy presentó, actualizada y con las firmas de senadoras de todos los partidos, de nueva cuenta la iniciativa.
También el GIRE en voz de su directora Rebeca Ramos consideró que sería el momento ideal para que el Senado retome la iniciativa federal congelada que propone no sólo la modificación al Código Penal, sino también las leyes generales de Acceso las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la de Salud.