- Por
unanimidad, los legisladores reformaron el Código Penal y la Ley de Acceso de
las Mujeres a una Vida libre de Violencia, iniciativa promovida como
#LeyOlimpia.
- Se
garantiza el derecho a la intimidad personal, intimidad sexual, al ejercicio
libre y protegido de los derechos sexuales en la CDMX, y se protege la
integridad de las mujeres.
Redacción
SemMéxico. Ciudad de México. 03 de diciembre 2019.- El pleno
del Congreso capitalino aprobó por unanimidad de 56 votos un dictamen para
reformar el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de
Violencia de la Ciudad de México -presentado por las comisiones unidas de
Administración y Procuración de Justicia, y de Igualdad de Género- a fin de
sancionar con severidad la violencia digital en contra de las mujeres.
“El derecho
fundamental que se está garantizando es el derecho a la intimidad personal, a
la intimidad sexual, al ejercicio libre y protegido de los derechos sexuales en
la Ciudad de México. Se está protegiendo de manera importante la integridad de
las mujeres. Por eso es que el espíritu de esta legislación es que exista una
sanción contundente, ejemplar, para quien genera un daño grave a la reputación,
al buen nombre, al prestigio de una persona. La vida íntima debe de
salvaguardarse en la Ciudad de México”, afirmó el diputado Eduardo Santillán
Pérez.
El legislador del grupo parlamentario de MORENA y presidente
de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia puntualizó que se
dictaminaron 12 iniciativas sobre este tema, además de que se realizaron
múltiples reuniones con diversas organizaciones de mujeres para escuchar e
incorporar sus aportaciones, por lo que aseguró que ésta es la legislación más
avanzada en la materia en el país.
Detalló que se estableció en el artículo 179-Bis del Código
Penal que se impondrán de cuatro a seis años de prisión y de 500 a mil unidades
de medida “a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones,
informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos contacte a una
persona menor de 18 años de edad, a quien no tenga la capacidad de comprender
el significado del hecho, a persona que no tenga capacidad de resistirlo y le
requiera o comparta imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas,
actos de connotación sexual o le solicite un encuentro sexual, lo que se conoce
con el concepto de grooming”.
Agregó que se modificó también el artículo 181, al que se
agregó un apartado Quintus, para sancionar el delito contra la intimidad
sexual. “Quien videograbe, audiograbe, fotografie, filme o elabore imágenes,
audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona
sin su consentimiento o mediante engaño, a quien exponga, distribuya, difunda,
exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta
imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a
sabiendas de que no existe consentimiento mediante materiales impresos, correo
electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio
tecnológico. A quien cometa este delito se le impondrá una pena de 4 a 6 años
de prisión y multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización”.
El diputado Santillán explicó que las penas se agravarán en
una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado, cuando exista o
haya existido con la víctima una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo
o cualquier otra relación sentimental o de confianza, educativa o laboral.
“Cuando aprovechando
su condición de persona responsable o encargada de algún establecimiento de
servicio público realice alguna de las conductas establecidas en el presente
artículo, sea cometida por alguna persona servidora pública o integrante de las
instituciones de seguridad ciudadana en ejercicio de sus funciones, se cometa
en contra de personas adultas mayores, con discapacidad, en situación de calle,
afromexicanas o de identidad indígena, este delito se perseguirá de querella”,
indicó.
El legislador expuso que en el artículo 209 se sancionan las
amenazas de difundir este tipo de imágenes. “La pena se agravará al triple
cuando la amenaza consista en difundir, exponer, distribuir, publicar,
compartir, exhibir, reproducir, intercambiar, ofertar, comerciar o transmitir
mediante materiales impresos, correo electrónico, mensaje telefónico, redes
sociales o cualquier medio tecnológico, imágenes, audios o videos de contenido
sexual íntimo de una persona sin su consentimiento u obtenido mediante engaño”.
Sobre la violencia
digital
En lo que respecta a la Ley de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia, se estableció el concepto de violencia digital. “Es
cualquier acto realizado mediante el uso de materiales impresos, correo
electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales, plataformas de internet,
correo electrónico o cualquier medio tecnológico por el que se obtenga,
exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmite, comercialice,
oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de
contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, que atente contra
la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las
mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito
privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus
familias”.
Santillán Pérez expresó que como medida de seguridad hacia
las mujeres, se definió que cuando el ministerio público identifique violencia
digital ordenará de manera inmediata a las empresas de plataformas digitales,
redes sociales o páginas electrónicas, la interrupción, bloqueo, destrucción o
eliminación de imágenes, audios o videos. “Esto establece un mecanismo
eficiente, ágil, pronto y expedito de protección hacia las mujeres en la Ciudad
de México”.
“Agradecemos el
acompañamiento de las diversas plataformas digitales, a Google, a Facebook, a
Twitter, quienes también hicieron aportaciones importantes para garantizar que
el respeto al derecho a la libertad de expresión, la regulación de contenidos y
sobre todo la gran aportación que tiene este dictamen, el mecanismo contundente
que tendremos para evitar que una imagen obtenida bajo esas características se
pueda viralizar”, comentó.
Al razonar su voto el diputado Federico Döring Casar, de la
fracción parlamentaria del PAN, recordó que éste es un tema por el que las
mujeres han luchado por muchos años, y que ya se legisló en entidades como
Yucatán y Puebla, mientras que el Congreso capitalino tardó casi un año en aprobarlo,
ya que desde el 18 diciembre de 2018 se presentaron las primeras iniciativas
para combatir la violencia digital o la llamada “porno venganza”.
El diputado José Luis Rodríguez Díaz de León (MORENA)
reconoció las aportaciones de las diversas organizaciones feministas en este
proceso, que impulsaron la conocida como Ley Olimpia, para sancionar la
violencia digital y contribuyeron a fortalecer el dictamen “que dieron la pauta
para tener una normativa mucho mejor que cualquier otra en el país”.
De igual forma, la diputada Alessandra Rojo de la Vega
(PVEM), reconoció la lucha de las agrupaciones feministas integrantes del
Frente Nacional para la Sororidad, para la justicia y protección de las mujeres
víctimas de la violencia digital, “que puede llegar a destruir la vida de las
personas que son víctimas de ella”.
El diputado Nazario Norberto Sánchez (MORENA) aseguró que
este dictamen permitirá castigar a las personas que se atrevan a ejercer
cualquier forma de violencia digital en contra de las mujeres, adolescentes y
niñas. “Ni porno ni venganza, la Ley Olimpia avanza”.
Por su parte, la diputada Jannete Guerrero Maya (PT) explicó
que el compartir imágenes y actividades sexuales con la pareja, práctica
conocida como sexting, es parte de la sexualidad plena y libre de las personas,
pero el compartirlas sin consentimiento es una traición a la confianza, una
violación de la privacidad y un delito que debe sancionarse por ir en contra de
la intimidad personal. “No es no, el consentimiento hace la diferencia”.
También el diputado Carlos Castillo Pérez (MORENA) definió a
estas reformas legales como uno de los legados más valiosos que dejará esta
legislatura a la Ciudad de México, por ser parte de la protección a los
derechos de las mujeres y contribuir a generar mejores masculinidades.
La diputada América Rangel Lorenzana (PAN) reconoció el
valor y la determinación de la joven Olimpia, quien con su lucha ayudó a cambiar
la vida de muchas mujeres en la ciudad y el país. Lamentó que la violencia en
contra de las mujeres va en aumento, pero reconoció que sancionar la violencia
digital permitirá disminuirla, brindar mayor protección a las mujeres, avanzar
en la igualdad y el respeto de sus derechos.
El diputado Eleazar Rubio Aldarán (MORENA) señaló que la
violencia digital en la actualidad es alarmante y ha dañado el derecho a la
intimidad de muchas mujeres, por lo que es muy importante el sancionar estas
conductas ilícitas como parte de la defensa de los derechos de las mujeres.
La diputada Lourdes Paz Reyes (MORENA) expresó que el acceso
a las mujeres a una vida libre de violencia es un derecho reconocido
internacionalmente y es obligación de las autoridades el hacer lo necesario
para su protección, en este sentido, reconoció las acciones realizadas por la
Jefa de Gobierno capitalina en la materia. “No más violencia digital contra las
mujeres”, expresó la legisladora, quien se mostró partidaria de denominar a
ésta como la Ley Olimpia.
Al respecto, la diputada Gabriela Quiroga Anguiano (PRD)
reconoció la lucha emprendida por miles de mujeres capitalinas para exigir su
seguridad. “Penosamente continuamos siendo uno de los países más peligrosos
para ser mujer, ya que cada día son asesinadas nueve mujeres. De 2015 a la
fecha han ocurrido 3578 feminicidios, en lo que va del año se han registrado
833 casos”. Destacó la importancia de este dictamen para sancionar la violencia
digital, “para que ninguna mujer sea víctima de un acto tan vil”.
El diputado Miguel Ángel Salazar Martínez (PRI) reflexionó
que el lograr este dictamen se llevó casi un año, a pesar de la gravedad de las
afectaciones que se producen en las mujeres que la sufren, que pueden llevarlas
hasta el suicidio. Solicitó a los legisladores del Congreso local contribuir a
crear el andamiaje jurídico para dotar de herramientas tecnológicas a los
órganos jurisdiccionales y avanzar en temas como la cadena de custodia para el
manejo de pruebas digitales.
Por su parte la diputada Circe Camacho Bastida (PT) expresó
que este dictamen contribuye a que las mujeres puedan vivir en forma libre y
plena su sexualidad, sin el riesgo a ser exhibidas, además de que permite
avanzar en la construcción de una ciudad libre de violencia, así como “en la
emancipación y el empoderamiento de las mujeres”.
Este dictamen con proyecto de decreto, por el que se
reforman el Código Penal para el Distrito Federal y la Ley de acceso de las
mujeres a una vida libre de violencia de la Ciudad de México, fue aprobado con
56 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.
SEM/IL