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Mujeres y Política| La peligrosa violencia vicaria

Soledad Jarquín Edgar

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- La violencia vicaria es como una gota de ácido que cae sobre sus cuerpos. Hay para sus víctimas un estado de alerta sistemática y permanente, una sombra que nubla a libertad y opaca la alegría en sus corazones.

Es definida como aquellas acciones u omisiones que dañan a las mujeres a través de sus seres queridos, generalmente sus hijos e hijas, a quiénes por desgracia esta violencia también les alcanza.

Casi todas las historias comienzan cuando la víctima decide no seguir dentro de casa, el dulce hogar, donde fueron alcanzadas por violencias psicológica, económica, patrimonial, física y otras durante largo tiempo. 

El sólo anuncio de una separación y la posibilidad de ser demandados por el pago de pensiones es para los “reyes de la casa” una afrenta y representa para las víctimas el inicio de una historia aún más perversa y violenta, cuando la amenaza recae sobre la posibilidad de llevarse “para siempre” a sus hijos e hijas, muchas veces lo hacen.

Hay mujeres que no vuelven a ver a sus hijos e hijas a veces hasta por varios años, lo que mina su existencia. Cuando ellas tienen a sus hijos sufren persecución sistemática, son obligadas por jueces, mujeres y hombres, patriarcales, misóginos, machistas a las llamadas convivencias, donde ellas experimentan humillaciones y a un Estado representado por estos servidores públicos velan por todo, menos por la justicia, violando los derechos de las mujeres y de las infancias.

Como reportera he conocido de muchos casos y las historias son semejantes. Hace unos días hable con una madre cuya hija tiene años que no ve, porque su padre la sustrajo y se la llevó a otra entidad. Estos días, me dijo refiriéndose a las fiestas de fin de año, me dejan quebrada del cuerpo y del alma. También hace algún tiempo vi a una madre luchar con todo lo que podía para que su hijo no le fuera arrebatado por su expareja, un juez federal, que contó con todo el aparato de la justicia hasta conseguir su objetivo.

En Oaxaca, una jueza llamó la atención mediática, porque el padre de sus hijos, un empresario, tiene años accionando violencia digital en su contra, amén de las amenazas e injurias. Su pedido a través de una carta pública fue más allá, porque teme por su vida.

Esa es una expresión que hemos escuchado muchas veces y no es para menos. Muchos feminicidios tienen como antecedente la violencia vicaria. Un llamado que debe ser tomado en cuenta de forma seria y responsable por parte de la autoridad correspondiente.

Tenemos casos que lamentar como el de Cecilia Monzón, ocurrido en Puebla, donde su expareja, un político que quiso ser gobernador por el PRI, Javier Zavala López, fue el autor intelectual de su feminicidio ocurrido el 21 de mayo del 2022. Por cierto, hace unos días Zavala López y los autores materiales del crimen fueron sentenciado a 60 años de prisión.

Quien no recuerda el asesinato de Emma Gabriela Molina Cántos, ocurrido el 27 de marzo de 2017, ella una joven mamá de dos niñas y un niño, fue asesinada a las puertas de su casa en Mérida, por dos hombres pagados por su expareja Alberto Medina Sonda, por cierto, también político priista recluido en un penal de Tabasco. El asesino intelectual ejerció violencia vicaria durante 16 años en contra de Emma Gabriela, sus tres hijos y la familia de ella, no porque ella quisiera, sino por un ejercicio de misoginia pura en su contra, mientras el victimario fue cubierto por el manto protector de un gobernador tabasqueño y el famosísimo cartel de la Barredora. Tras secuestrar a sus propios hijos, Medina Sonda permaneció en prisión donde fue asesinado el año pasado.

Y que decir del feminicidio de Abril Pérez, cuya pareja Juan Carlos García, exdirector de la filial mexicana de Amazon, había sido denunciado por intento de feminicidio en enero de 2019, pero el juez Federico Mosco González reclasificó el delito de feminicidio en grado de tentativa a lesiones y violencia familiar -los no benditos jueces vendidos-, con lo que obtuvo su libertad en noviembre de ese mismo año, el 25 de noviembre pistoleros ejecutaron la orden de asesinar a Abril al salir de una audiencia, en la ciudad de México.

Estos y sólo estos tres casos conocidos sin duda son ejemplo de cómo la violencia vicaria puede escalar. Las víctimas de violencia vicaria enfrentan con valentía a sus perpetradores y, claro está, a la complicidad de un sistema de jueces y juezas que se compran o venden, que estudian las leyes de cabeza, sin capacidad de nada porque tienen la vista nublada por el habitual machismo y pensamiento misógino.

Por eso, nadie debe permitir un caso más de esta naturaleza, la violencia vicaria no es un capricho de las señoras que quieren estar denunciando a sus exparejas o padres de sus hijos-hijas, como más de un juez les ha dicho. Es, por el contrario, un asunto de suma seriedad, que ante las acciones mal ejecutadas o las omisiones ponen en riego total a las mujeres. Es responsabilidad del Estado (el mexicano) salvaguardar la vida de las mujeres, en eso no hay vuelta de hoja.

Emiten ficha roja de Interpool para localizar a feminicida de origen argentino

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  • Señalado como el responsable del feminicidio de Agostina Jabalert en Playa del Carmen
  • OCNF ve posible alcanzar la justicia y solicita que las autoridades del país sudamericano colaboren

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero 2026.- La Interpool emitió una ficha roja para localizar al presunto feminicida de Agostina Jabalert, ocurrido el 18 de febrero del 2023 en Playa de Carmen, Quintana Roo.

En ese sentido el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio señaló que espera la colaboración de las adutoridades judiciales de Argentina, país de origen de Juan Manuel Reverter, quien fue señalado como el victimario de su entonces pareja y con quien compartía un departamento.

Por ello, el Juzgado Federal de la ciudad de Viedma recibió una orden de captura internacional librada por las autoridades judiciales de México, por lo que ordenó la detención de Juan Manuel Reverter, de esa manera se activó su búsqueda internacional con fines de extradición.

En un pronunciamiento la organización mexicana explica que la ficha de búsqueda fue firmada el 6 de enero de 2026 por el juez federal de garantías Ezequiel Humberto Andreani, quien dispuso “ordenar la detención de Juan Manuel Reverter en el lugar en que se encuentre dentro del ámbito de la jurisdicción del Juzgado Federal de Viedma, a los efectos de tramitar su extradición a los Estados Unidos Mexicanos”.

Por medio de la resolución judicial argentina, la Interpol confirmó la plena

vigencia de la circular roja contra Reverter, identificado como “prófugo buscado

para un proceso penal” por el delito de feminicidio, con una pena máxima de

hasta 40 años de prisión según el Código Penal del Estado de Quintana Roo.

Este caso de feminicidio es emblemático para la justicia tanto argentina como

mexicana, debido a las anomalías que se cometieron desde un principio por

instancias de la Fiscalía de Quintana Roo, que clasificó la muerte de Agostina

como suicidio, a pesar que desde que la policía tomó conocimiento del caso,

encontró evidencia de que se trató de un feminicidio.

Posteriormente, el Ministerio Público, tuvo que reclasificar el delito como feminicidio ante la insistencia de la familia, de la defensa y de organizaciones

civiles como este observatorio.

Después de casi tres años del feminicidio de Agostina Jalabert, la Fiscalía de

Quintana Roo concluyó la carpeta de investigación y solicitó su judicialización y

así fue como el gobierno mexicano pidió la colaboración de la Interpol para

localizar al presunto feminicida, quien a ha sido visto en la localidad de Viedma,

Argentina, durante las últimas semanas. También se le busca en México,

Guatemala y Estados Unidos.

Destaca científica la responsabilidad de la comunidad con embarazadas

  • Elena Zambrano González revela la importancia del embarazo y los dos primeros años
  • Estudios epidemiológicos en el mundo que respaldan el concepto DOHaD

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- La salud de una mujer embarazada o lactando no es solo su responsabilidad, sino de la comunidad que la rodea y debe darle condiciones para que viva estos procesos de manera adecuada, pues son esenciales para alcanzar el mejor desarrollo de la descendencia, aseguró la académica de la Facultad de Química de la UNAM, Elena Zambrano González.

El embarazo y los dos primeros años conforman los primeros mil días de vida, y que en términos científicos se conocen como los Orígenes en el Desarrollo de la Salud y la Enfermedad (DOHaD, por sus siglas en inglés).

La también investigadora del Departamento de Biología de la Reproducción, del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ), explicó que, por ejemplo, los seres humanos tenemos dos riñones y la unidad funcional de estos es la nefrona. 

Al nacer contamos con un millón de ellas en cada uno de esos órganos, pero si la mamá sufrió desnutrición severa porque estaba en guerra, no tenía cómo alimentarse o vomitaba con frecuencia y el feto no recibió lo requerido para su desarrollo, entonces nacerá con menos nefronas.

Aún si hay las condiciones óptimas para alimentar bien al bebé, su riñón va a tener una carga de trabajo más grande porque funcionará con menor número, por lo que si no hay cuidado adecuado tenderá a ser una persona con hipertensión desde edades tempranas. Sin embargo, no significa una condena de muerte; si lleva una vida saludable se pueden prevenir o mitigar los efectos adversos de la programación por la desnutrición materna, pero hay mayor predisposición, indicó.

La experta universitaria y su grupo de trabajo han realizado aportaciones cruciales a nivel mundial. Por ejemplo, con modelos animales comprobaron el paso transgeneracional de la resistencia a la insulina, o que las y los hijos de obesas, a pesar de ser alimentadas toda su vida con dieta control, desarrollan problemas metabólicos y viven menos que los de madres con dietas controladas.

De igual manera han mostrado los beneficios de intervenciones nutricionales en madres obesas. Por ejemplo, si un mes antes de embarazarse cambian a dieta sana, mejoran lo suficiente para que sus descendientes no tengan tantos problemas metabólicos.

La ponemos a realizar ejercicio y se previenen numerosos efectos adversos en la vida postnatal. Pero si no pudo cambiar de estilo de vida y optimizar su salud durante el embarazo y lactancia, nunca es tarde, se puede intervenir a la descendencia, manifestó.

¿Cómo influye el ambiente?

La académica -galardonada con la Medalla David Barker 2025, máxima distinción que otorga la Sociedad Internacional DOHaD- añadió que este concepto de losprimeros mil días de vida pone el acento en que no somos solo genética, que el ambiente también juega un papel importante en las etapas tempranas del desarrollo.

Además, que son fundamentales el adecuado progreso de las células germinales –el espermatozoide y el óvulo–, y otros periodos, como la adolescencia, en los que pueden ocurrir cambios epigenéticos esenciales.

Zambrano González subrayó que hay estudios epidemiológicos en el mundo que respaldan el concepto DOHaD. El más famoso es el del invierno hambriento holandésrespecto a quedurante la Segunda Guerra Mundial, cuando los nazis sitiaron los Países Bajos de 1944 a 1945, coincidió con un invierno demasiado crudo y hubo escasez de alimentos.

Casi 80 años después se han realizado investigaciones para ver qué pasó con los hijos de aquellas que sufrieron desnutrición severa, y se identificó que, dependiendo de si la tuvieron al principio o al final del embarazo, sus descendientes tuvieron mayor predisposición a obesidad, diabetes, hipertensión, entre otros padecimientos.

Hay además sobre el sitio a la ciudad de Leningrado durante 872 días, el cual generó privación extrema de comida; la hambruna severa en China, de 1959 a 1961, conocida como desastre natural de tres años, entre otros. Han demostrado que quienes enfrentaron carestía en la vida perinatal tienen mayor predisposición a presentar en la etapa adulta enfermedades coronarias y alteraciones metabólicas.

Todos ellos, agregó la experta de la UNAM, son asociaciones, por lo que se requieren estudios clínicos y con ejemplares de laboratorio en los cuales se puedan controlar los factores ante una pregunta específica y ver cuáles son los mecanismos vinculados.

En el Departamento de Biología de la Reproducción del INCMNSZ trabajan con modelos para entender la desnutrición y la obesidad materna; han realizado estudios transgeneracionales, de envejecimiento y por la vía paterna. Son proyectos multiinstitucionales y forman parte de investigaciones internacionales.

“Nuestros modelos de intervención han sido innovadores y mediante los estudios de envejecimiento hemos podido explorar la trayectoria de vida y mecanismos en diferentes sistemas como el reproductivo, metabolismo, neurodesarrollo, ansiedad, deficiencia de memoria y aprendizaje, reducción en el tiempo de vida”, acotó.

La científica celebró que el concepto de los primeros mil días de vida sea una prioridad en las acciones de salud pública del actual gobierno mexicano, a partir del Protocolo Nacional de Atención Médica, y confió en que haya mayor coordinación entre las áreas epidemiológicas, clínicas y de investigación básica para generar más propuestas.

SEM/sj

Tina Modotti la fotógrafa capturó a un México en movimiento

  • El México posrevolucionario de la década de 1920 le ofreció un entorno fértil
  • Una artista comprometida con las causas de su tiempo

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero Tina Modotti, fotógrafa italiana que capturó en sus imágenes a un México en movimiento, en el que el pueblo era partícipe de sus transformaciones.

Así lo señaló la subsecretaria de Educación Básica, Angélica Noemí Juárez Pérez, al presentar la semblanza durante la sección Mujeres en la Historia que se presenta en la conferencia del pueblo de la presidenta Claudia Sheinbaum.

Tina Modotti comprendió que elementos como el maíz, las herramientas de trabajo o la ropa de algodón no eran únicamente objetos, sino símbolos de lucha y resistencia constante, al igual que los bordados de las mujeres de Tehuantepec, en el estado de Oaxaca, dijo la funcionaria.

A través de un video expuso que Tina Modotti nació el 16 de agosto de 1896 en Udine, Italia, con el nombre de Asunta Adelaide Luigia Modotti Mondini. Desde temprana edad conoció la precariedad, lo que marcó profundamente su sensibilidad social y su posterior compromiso político.

A los 17 años emigró a Estados Unidos, donde comenzó a trabajar como obrera textil en la ciudad de San Francisco, al tiempo que entró en contacto con ambientes sindicales, artísticos y de izquierda.

En 1917 contrajo matrimonio con el pintor y poeta Roubaix de l’Abrie Richey. Juntos se vincularon con círculos intelectuales y de vanguardia; sin embargo, Richey falleció de manera repentina en México en 1922; por lo que Tina se trasladó al país para recuperar sus restos.

Este viaje marcaría el inicio de una etapa fundamental en su vida. Regresó brevemente a Estados Unidos para retornar a México en 1923, esta vez acompañada del fotógrafo estadounidense Edward Weston, con quien mantuvo una relación personal y creativa.

Con Weston, agregó la subsecretaria, Tina Modotti se inició en la fotografía y pronto desarrolló un lenguaje propio, en el que la búsqueda estética se combinó con una profunda preocupación social. El México posrevolucionario de la década de 1920 le ofreció un entorno fértil tanto en el plano artístico como en el político.

Se integró al ambiente cultural que rodeaba al muralismo mexicano, estableciendo vínculos cercanos con Frida Kahlo, Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros, José Clemente Orozco, Xavier Guerrero y otros artistas e intelectuales. En este contexto, Modotti realizó un importante trabajo de documentación fotográfica de los murales, así como imágenes de obreros, campesinos, manifestaciones políticas, objetos simbólicos y escenas de la vida cotidiana popular.

A partir de su incorporación al Partido Comunista Mexicano en 1927, su fotografía adquirió un carácter abiertamente político. Sus imágenes dejaron de buscar únicamente la perfección formal para convertirse en instrumentos de denuncia, propaganda y educación política.

Entre 1927 y 1929, Tina Modotti realizó una intensa labor fotográfica vinculada al movimiento agrarista radical, documentando asambleas campesinas, escuelas rurales y proyectos educativos impulsados por las escuelas libres de agricultura. En esos años registró la organización colectiva, el trabajo del campo y la dignidad de las comunidades campesinas. 

En 1929, Tina Modotti vivió uno de los momentos más difíciles de su vida: el asesinato del intelectual comunista cubano Julio Antonio Mella, ocurrido mientras ambos caminaban por calles de la Ciudad de México. Se trató de un crimen de carácter político, en un contexto de represión contra militantes comunistas.

Tina Modotti fue expulsada de México en 1930 y vivió exiliada en varios países de Europa. En 1939 regresó nuevamente a México, donde pasó sus últimos años alejada de la fotografía y bajo vigilancia política. Falleció el 5 de enero de 1942 en la Ciudad de México.

Juárez Pérez resaltó que, como artista y militante comprometida con las causas de su tiempo, Tina Modotti dejó un legado fundamental en la historia de la fotografía y del arte político mexicano del siglo XX.

SEM/sj

Juego de Palabras| La dictadura blanda en el México contemporáneo

Yaneth Tamayo Avalos

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- Desde el año 2018, el escenario político mexicano ha estado marcado por una polarización creciente que ha trascendido el ámbito electoral para convertirse en un fenómeno social estructural. La consolidación de un partido hegemónico ha profundizado divisiones sociales preexistentes y ha favorecido la construcción de una narrativa política basada en la confrontación identitaria. En este contexto, la ciudadanía ha sido simbólicamente fragmentada entre quienes se reconocen como parte legítima del “pueblo” y quienes son relegados a la categoría de oposición, con una carga peyorativa implícita.

Este ensayo sostiene que dichas dinámicas no solo erosionan el tejido social, sino que constituyen indicadores de un proceso más amplio de deterioro democrático. En particular, se argumenta que México transita hacia una dictadura blanda, entendida como una forma contemporánea de autoritarismo que conserva las estructuras formales de la democracia mientras vacía de contenido sus principios fundamentales, como el pluralismo, la deliberación pública y los contrapesos al poder.

Polarización y construcción de identidades políticas

La polarización política promovida desde el discurso oficial ha dado lugar a una categorización social excluyente. La pertenencia simbólica al “pueblo” se ha convertido en un criterio de legitimidad política, mientras que la crítica y el disenso son sistemáticamente descalificados. Esta lógica ha propiciado una confrontación entre identidades colectivas antagónicas: por un lado, quienes adoptan la narrativa gubernamental de redención social y validan sin reservas la acción del poder; por otro, quienes, desde el pensamiento crítico, analizan y cuestionan las decisiones políticas y su impacto real.

Esta división ha permeado profundamente en las creencias y actitudes de la sociedad mexicana, afectando la capacidad de amplios sectores para comprender la complejidad de la realidad política. Cuando el debate público se reduce a lealtades emocionales y la crítica es interpretada como enemistad, se debilitan las condiciones necesarias para el funcionamiento de un sistema democrático sustantivo.

La dictadura blanda y el autoritarismo contemporáneo

A diferencia de las dictaduras clásicas del siglo XX, los regímenes autoritarios contemporáneos rara vez recurren a la violencia abierta o a la suspensión explícita del orden constitucional. En su lugar, han desarrollado mecanismos más sofisticados para concentrar el poder sin renunciar a la apariencia democrática. La dictadura blanda se caracteriza precisamente por esta capacidad de operar dentro de marcos institucionales formales, mientras los vacía de efectividad real.

Este tipo de régimen no necesita represión masiva para mantenerse, sino el control estratégico de las élites que dominan la burocracia, los medios de comunicación públicos, el sistema judicial y otros espacios clave del Estado. El control del relato se convierte en una herramienta central: se coloniza el lenguaje político, se redefinen conceptos fundamentales y se modifican las reglas del juego institucional de manera gradual. La censura adopta formas indirectas, como la estigmatización social, la regulación discursiva y la presión simbólica, mientras que la propaganda se presenta bajo el amparo de causas moralmente incuestionables.

En este contexto, los liderazgos políticos se construyen como figuras de salvación moral. Prometen libertad, pero limitan el pensamiento crítico; invocan inclusión, pero excluyen al discrepante; apelan al diálogo, pero neutralizan la pluralidad. La crítica es reinterpretada como ataque, y el pluralismo como una amenaza al orden social.

México y la recurrencia del autoritarismo encubierto

La historia política mexicana ha estado marcada por una constante ambigüedad entre prácticas democráticas y dinámicas autoritarias. Durante gran parte del siglo XX, el país operó bajo un sistema de partido hegemónico que concentraba el poder y limitaba la competencia política real. En este contexto, Mario Vargas Llosa definió al régimen mexicano como una “dictadura perfecta”, aludiendo a su capacidad para presentarse como democrático mientras reproducía prácticas autoritarias normalizadas.

La alternancia política del año 2000 abrió un periodo de democratización imperfecta, pero caracterizada por la existencia de contrapesos institucionales y límites al poder. Sin embargo, más de tres décadas después, muchas de las lógicas del antiguo régimen han reaparecido bajo un discurso renovado. La narrativa del partido hegemónico actual ha logrado justificar prácticas autoritarias en nombre del bienestar social, generando una profunda división entre quienes identifican este proceso como una regresión democrática y quienes lo niegan apelando al interés del “pueblo”.

La tolerancia social hacia el debilitamiento institucional, la instrumentalización de programas sociales con fines políticos y la deslegitimación sistemática de organismos autónomos evidencian un proceso de vaciamiento democrático que se desarrolla de manera gradual, pero constante.

Conclusión

La democracia mexicana atraviesa un momento crítico. Aunque persisten los procedimientos electorales y el lenguaje participativo, el contenido sustantivo de la democracia se ha visto erosionado. Las opciones políticas reales se reducen, el debate público se empobrece y la disidencia es estigmatizada. El pasado se reinterpreta de forma selectiva y el futuro se instrumentaliza para legitimar el presente.

México se encuentra, así, en el umbral de una dictadura blanda: un régimen que no se impone mediante la fuerza visible, sino a través de consensos inducidos, control simbólico y prácticas institucionales opacas. Reconocer esta forma de autoritarismo encubierto resulta indispensable para recuperar el sentido profundo de la democracia y evitar que su defensa se limite a una retórica vacía desprovista de libertad, justicia y racionalidad política.

https://eventos.ucol.mx/content/micrositios/265/file/Mexico%20cultura%20y%20dictadura_Heriberto%20Ye%CC%81pez.pdf
https://journals.openedition.org/alhim/8256
https://www.ifes.org/pub/Paths-to-Democratic-Resilience-in-an-Era-of-Backsliding/Understanding-Todays-Authoritarian-Challenge#:~:text=Unlike%20in%20eras%20past%2C%20contemporary,further%20weaken%20calls%20for%20democracy.

“México es la dictadura perfecta. La dictadura perfecta no es el comunismo, no es la Unión Soviética, no es la Cuba de Fidel Castro: es México, porque es una dictadura de tal modo camuflada que llega a parecer que no lo es, pero que de hecho tiene, si uno escarba, todas las características de una dictadura” (Mario Vargas Llosa, 1990). *

“Creo que me equivoqué porque la dictadura no era tan perfecta, la prueba es que la dictadura al final se transformó en democracia, una democracia todavía imperfecta, desde luego, como lo son todas las democracias latinoamericanas”. Mario Vargas Llosa

La opinión| AL vota en la era Trump

Claudia Corichi

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero 2025.- Con la sombra del ataque militar estadounidense a la capital venezolana y el discurso beligerante de Trump contra todo aquello que no comulgue con su ideario, cinco países de América Latina tienen cita electoral este año para elegir presidente o presidenta.

Costa Rica, Perú, Colombia, Haití y Brasil abrirán las urnas en medio de la confrontación y el unilateralismo de la Casa Blanca y en un ambiente de crispación política, palpable en toda la región. El incremento de la inseguridad, el crimen y la corrupción están alimentando la desafección y el desapego de la ciudadanía de la gestión pública y está ahí, donde la extrema derecha ha encontrado a su granero electoral.

En los últimos meses el presidente tico Rodrigo Chaves ha salvado dos votaciones en el Congreso que pretendían quitarle la inmunidad por intromisión en el proceso electoral y por corrupción. Aunque goza de aprobación no puede reelegirse, no obstante, su candidata puntea en los sondeos. Costa Rica, que no tiene ejército, celebrará comicios el 1° de febrero.

Perú, que no supera su inestabilidad política, elegirá gobernante el jueves 2 de abril en primera vuelta. La persona que triunfe será la séptima al frente de la presidencia peruana en la última década. Keiko Fujimori de centro derecha, buscará el cargo por cuarta vez enfrentando a un duro adversario: Rafael López Aliaga, alcalde de Lima y seguidor de Trump.

Colombia. Luego de la conmoción por el atentado y posterior muerte del aspirante de la derecha Miguel Uribe, ocurrida en junio, el incremento de la violencia de las disidencias de las FARC que reniegan de los acuerdos de paz, y la retórica incendiaria de Gustavo Petro contra Trump su némesis norteamericana, la nación andina, vecina de Venezuela, decidirá el 31 de mayo quién ocupará la Casa de Nariño.

El senador Iván Cepeda de izquierda y el abogado Abelardo de la Espriella candidato favorito de Milei y Trump, se perfilan con serias posibilidades de llegar a la segunda vuelta que tendrá lugar en junio.

Ahogada por la violencia de las pandillas urbanas, el crecimiento exponencial de la pobreza, la ausencia de Estado de derecho y el abandono de la comunidad internacional, Haití pretende realizar elecciones presidenciales el 30 de agosto.

Brasil votará el 4 de octubre. Aunque el expresidente Jair Bolsonaro no podrá contender por estar inhabilitado, ha cedido el testigo a su hijo Flávio, senador por Río de Janeiro. En ese país en extremo polarizado, que mira con asombro la injerencia de Trump en defensa del clan Bolsonaro, el presidente Lula buscará la reelección con 80 años recién cumplidos.

Tras la pandemia, el avance de la derecha y ultraderecha ha sido sorprendente en el hemisferio. Argentina, Ecuador, Bolivia, Panamá y más recientemente Chile, han dado un vuelco político precedido por gobiernos de izquierda que dominaron el mapa de la región.

Lo novedoso no es el cambio de tendencia política sino el apoyo declarado de Trump hacia candidatos afines a su movimiento. En septiembre amenazó con suspender una línea de crédito si los argentinos votaban un Congreso opuesto a Milei, y en Honduras respaldó abiertamente al postulante de la derecha que finalmente ganó los comicios.

América Latina está dividida y fragmentada como lo demuestra su reacción ante lo ocurrido en Venezuela. Los resultados electorales de este año definirán su rumbo económico y político en lo inmediato.

@ClauCorichi

La opinión| El caso Venezuela: notas acerca de un Imperio sin cerebro

Saúl Escobar Toledo

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero, 2026.- El asalto armado perpetrado por el ejército de Estados Unidos y ordenado por el presidente Trump la madrugada del sábado 3 de enero en distintos puntos de Venezuela violó las leyes internacionales y las de la nación agresora. De esta manera, el gobierno de Washington actuó como una banda de malhechores.

Como lo aclaró el mandatario estadounidense ese mismo día en conferencia de prensa, de lo que se trata es de apropiarse del petróleo venezolano, aunque se ponga como argumentos la seguridad de Estados Unidos y el tráfico de drogas. Al mismo tiempo, justificó sus acciones con base en la Doctrina Monroe y su corolario trumpista, dando a entender que la región caribeña y latinoamericana debe ser una zona controlada por su gobierno, y que las economías de esta parte del mundo deben estar al servicio de su país, y de nadie más.

Los objetivos y el sustento legal y político de la incursión armada, si se les mira con detalle, resultan incoherentes, imposibles de concretar y, sin embargo, muy peligrosos para el continente y el mundo.

Los dichos de Trump, Marco Rubio y otros funcionarios de la Casa Blanca, han resultado confusos. ¿Pretenden administrar el gobierno venezolano o solamente orientarlo según sus deseos o intereses? ¿Negociaron o pretenden negociar con la sucesora de Maduro, la señora Delcy Rodríguez y el gobierno chavista, o buscan sustituirlo? ¿Cómo pretenden allegar los recursos petroleros a las empresas estadounidenses? ¿Es rentable la industria petrolera en un corto plazo? Todas estas cuestiones no tienen respuesta simplemente porque Trump tampoco las tiene. La incertidumbre que hay en gobiernos, especialistas y comentaristas en el mundo acerca del futuro de Venezuela no se explica por un secreto bien guardado de la administración estadounidense, sino por la ausencia de un plan bien calculado.

Sus afanes imperiales en América Latina y el Caribe, utilizando la violencia contra los gobiernos que considere peligrosos para la seguridad de su país, tienen pocas posibilidades de hacerse realidad en todo el subcontinente. Brasil, por ejemplo, no es tan vulnerable como Venezuela. Incluso Argentina, Perú y Chile, gobernados hoy o en los próximos meses por simpatizantes de Trump, difícilmente van a romper sus lazos comerciales con China. Tampoco parece realista que el sistema BRICs vaya a esfumarse del mapa del mundo o de Latinoamérica. Las amenazas de Washington se han enfocado en aquellas naciones que considera más débiles como Colombia. No obstante, en mayo de este año se celebrarán elecciones en esa nación y bien podrían esperar sus resultados que pueden no favorecer a la izquierda, lo que tampoco significaría que el gobierno que lo suceda esté dispuesto a entregar incondicionalmente sus riquezas a Estados Unidos.  Además, Trump a diferencia de Rubio, dijo que Cuba “no le interesa” probablemente porque sus recursos naturales tampoco.

En el caso de México, una intervención armada para perseguir capos mafiosos o aprender figuras políticas o empresarios supuestamente ligados con las mafias no tiene sentido en la medida en que la colaboración entre ambos gobiernos y sistemas de inteligencia están trabajando aparentemente sin problemas. En cuanto a la economía, la integración de ambos países es cada vez mayor y muchos empresarios, poderosos e influyentes, han defendido la continuación del TMEC. Las amenazas de Trump sirven, más bien, como medio de presión para las negociaciones de ese tratado.

El poder militar de Estados Unidos no es suficiente para cambiar la situación geopolítica, particularmente de Sudamérica, la cual desde hace años se ha acercado económicamente y en algunos casos política y estratégicamente a China. Hay cosas que la fuerza de las armas no puede hacer.

Sin embargo, la posibilidad de extender la violencia a otros países, como lo hizo con Venezuela, apoyándose en aparato técnico y militar notablemente superior a cualquier capacidad de defensa doméstica, es real. Seguramente, esas acciones armadas carecerán de sustento legal y de un plan estratégico: de la misma manera que un asesino serial decide elegir su próxima víctima mediante reflexiones que no tienen que ver con la lógica o el sentido común, sino con sus fobias, caprichos y una percepción deformada de la realidad, Trump puede decidir perpetrar un nuevo golpe en algún lugar del mundo incluyendo América Latina y el Caribe. Los instintos belicistas de Washington parecen responder a un síntoma de ansiedad provocado por la debilidad cada vez mayor de Estados Unidos en la economía mundial, lo que se ha visto reflejado, claramente, en la pérdida de valor y de influencia del dólar estadounidense.

La irracionalidad del “corolario Monroe” y su apuesta por la violencia unilateral puede también dar malos resultados. Si en Venezuela, por ejemplo, se mantiene el régimen político durante este año, más o menos sin grandes cambios, o el petróleo no fluye a Estados Unidos tal como Trump se lo imagina o dice que lo imagina, lo anterior se entendería como una derrota política y diplomática.  Una nueva incursión militar, propiciar un golpe de estado o la división del grupo gobernante, complicaría la crisis venezolana y puede resultar muy costosa en términos de vidas humanas: la situación económica, igualmente, se vería afectada y, con ello, la explotación del petróleo. En lo que respecta al presidente Maduro y su esposa, es probable que el juicio dure muchos meses y no salga nada importante a relucir. Por lo pronto, han fabricado dos mártires que, a los ojos de un sector de la opinión pública internacional y de Venezuela, han resistido la crueldad del imperio.    Asimismo, es posible que esa estrategia provoque serias fisuras dentro de MAGA y, sobre todo, en el electorado estadounidense, lo cual es de gran importancia tomando en cuenta la proximidad de las elecciones de noviembre.

No obstante, la imprudencia de Trump puede llevarlo a elegir muy mal el próximo golpe y desatar una respuesta militar por parte de China, la cual tiene a Taiwán como una carta que jugar en una crisis internacional más grave. Por su lado, Rusia se sentirá más confiada en la medida que Trump ha utilizado como único argumento válido el uso de la fuerza para atacar un país, derrocar a su líder y acceder a sus recursos naturales. Incluso Europa se siente más amenazada por el deseo reiterado del jefe de la Casa Blanca de apropiarse de Groenlandia.

Lo anterior mostraría que estamos frente a un gobierno “idiota”, como lo calificaron desde su inicio analistas como De Long y Krugman. Si su política comercial (mediante la elevación de aranceles) ha resultado confusa, desordenada y de dudosos resultados, no se puede esperar otra forma de actuar en el plano militar y diplomático. Sin embargo, en la medida que tiene a su disposición el ejército más poderoso del mundo, este comportamiento resulta sumamente peligroso.

El gobierno estadounidense ha violado la legalidad internacional en otros momentos, como Bush después de los ataques de septiembre 11 a las torres gemelas de NY, invadiendo a países como Iraq; o como el asesinato de Bin Laden por órdenes de Obama.  Pero el asunto venezolano es distinto, como ha analizado David Coyle en la revista NRB. Argüir la legitima defensa, por el tráfico de drogas desde Venezuela,  es insostenible para justificar una agresión militar. El flujo de estupefacientes hacia Estados Unidos no puede equipararse a un ataque armado o una amenaza militar en su contra.  Lo mismo puede decirse en términos de la legalidad interna, dada la falta de notificación al Congreso.

La aprehensión de Maduro tampoco puede justificar el asalto. Por un lado porque, de acuerdo con la opinión de los expertos en derecho internacional,  se trata de un presidente que goza de inmunidad personal absoluta, conocida como  ratione personae, según lo expresado en la Carta de las Naciones Unidas, lo que impide que sea arrestado o juzgado por tribunales extranjeros, inmunidad que no distingue entre presidentes “legítimos” o “ilegítimos” y que sólo tiene dos excepciones: el consentimiento del propio Estado, o una orden de arresto de la Corte Penal Internacional. Inmunidad que, por cierto, alegó el propio Trump cuando trataron de juzgarlo cuando ya había dejado el cargo.

Castigar a los gobiernos que juzga que no hacen bien las cosas o las hacen de otra manera, es un argumento ridículo que se sostiene solamente porque EU es un país más poderoso, militarmente, que cualquier nación latinoamericana y caribeña. El ejemplo de la aprehensión de Noriega en 1989 puede ser un antecedente; sin embargo,  en este caso, el personaje no era un mandatario electo y Washington no se propuso retomar el control del Canal o apropiarse de alguna de sus riquezas naturales. Además, en aquel momento, la Asamblea Nacional había declarado a Panamá en estado de guerra contra Estados Unidos.

Horas negras esperan a América Latina y quizás al mundo mientras Trump esté al mando. Pueden ser muchas, o quizás menos de las que hoy imaginamos. Dicen que los locos no comen lumbre, quizás los idiotas lo hagan: ojalá que sea pronto y paguen las consecuencias de sus actos.

saulescobar.blogspot.com

El divorcio un proceso liberador para las mujeres, gracias al feminismo

  • No es fracasar, es una forma de recuperar la libertad de decidir: Carmen Consolación González Loyola
  • En 1915 se aprobó el divorcio, cien años después la SCJN sentó un precedente con el divorcio incausado

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de enero 2025.- El divorcio en México es un derecho de las mexicanas a decidir su proyecto de vida desde que Venustiano Carranza promulgó la Ley del Divorcio el 2 de enero de 1915 y a partir del 2015 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó el precedente del divorcio incausado, mediante el cual basta la voluntad de un sólo cónyuge para disolver el matrimonio, sin necesidad de probar causas como infidelidad y abandono y no elimina obligaciones familiares como custodia o pensión alimenticia.

“Divorciarse no es fracasar para muchas mujeres, sigue siendo una forma de recuperar algo fundamental: la libertad de decidir sobre su propia vida”, considera María del Carmen Consolación González Loyola Pérez, abogada feminista, investigadora y política, ex regidora de Querétaro y exdiputada reconocida por la defensa de los derechos humanos de las mujeres y la erradicación de la violencia de género, principalmente en el estado de Querétaro.

Con el podcast, el número 100, Cuando el matrimonio dejó de ser para siempre, producido por la Organización Editorial Mexicana, Sara Lovera López junto con González Loyola Pérez abordaron el estigma social que, en tiempos de derechos de las mujeres, acompaña a las divorciadas, las que dan testimonio que cuando se vuelven a casar y enviudan entran a un estado de “purificación” social.

La abogada feminista señala que las mujeres se enfrentan a no saber cómo iniciar estos procesos por la falta de información, pero también le da gusto ver que cuando se les pregunta a mujeres jóvenes por sus proyectos de vida, ya no piensan en contraer matrimonio para toda la vida cómo se pensaba, con la idea del amor romántico, que prevalecía en la sociedad, sino que tienen otros proyectos profesionales en otros espacios.

Recuerda que hace tres décadas cuando tuvo la oportunidad de acompañar a mujeres en procesos de divorcio, más del 80 por ciento de las separaciones eran solicitadas por mujeres que acudían a la justicia para resolver conflictos al interior de las familias, entonces apenas se empezaba a manejar la violencia familiar.

Los principales obstáculos era tomar la decisión de separarse de su agresor porque dependían económicamente de él, y seguía ¿Cómo acudir a los juzgados? ya que se requiere acompañamiento jurídico.

Entonces el DIF estaba saturadísimo por estos casos y además tenían un criterio conservador. Además, estaba la amenaza constante de su agresor de quitarle a las o los hijos.

Otro componente es el estigma social que lo veía como un fracaso, dando menor valor a las mujeres divorciadas. Incluso son acosadas por el hecho de ser divorciadas. Actores políticos lo consideran como una acción que destruye un hogar.

También recuerdan que antes del fallo de la SCJN de 2015 del divorcio si la mujer no demostraba la causa por la que pedía el divorcio, tenía que regresar a cohabitar con el agresor. Entonces el divorcio causal era un verdadero martirio para las mujeres, era inconstitucional que el Estado obligara a dos personas a convivir en matrimonio.

Afirma la abogada que eso ya no existe gracias al movimiento feminista que en los últimos 25 años se ha movilizado para cambiar el aspecto judicial, y que se reconozca que existe la compensación cuando se han dedicado al cuidado de las hijas y los hijos.

El estado no puede intervenir en las decisiones del proyecto de proyecto de vida de las mujeres, además la ley del divorcio ha servido para otras libertades como el derecho a la identidad y el derecho al aborto legal. 

“El hecho de que las mujeres hayamos avanzado en el reconocimiento de nuestro derecho no significa haya justicia, lo que sigue es que se aplique el derecho al divorcio. Señala que las mujeres entran al matrimonio pobres y salen más pobres por la carga de la crianza que recae en las mujeres. En los juicios de divorcio se discute la disolución matrimonial y las obligaciones, entre ellas el tema de la patria potestad, alimentos y convivencia.

Carmen Consolación González Loyola Pérez considera que en la convivencia con los hijos e hijas es donde los agresores ejercen violencia contra la mujer a través de estos.

A pesar de los obstáculos que enfrentan las mujeres divorciadas, ninguna se arrepiente, aunque tenga mayor responsabilidad con la crianza y carga del cuidado, para ellas lo importante es que nadie ejerce violencia contra ellas.

La reforma procesal del código familiar en México se materializó con la publicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) el 7 de junio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, hace aproximadamente dos años. Este nuevo código busca unificar los procedimientos a nivel nacional e introduce cambios significativos.

Indica que sigue siendo difícil tomar la decisión de divorciarse y que las instituciones judiciales deberían difundir los procedimientos para que las mujeres ejerzan sus derechos con plenitud, ya es más fácil, incluso, hay procedimientos en línea en algunas entidades como en la Ciudad de México.  

Tanto la titular del Podcast como la inviada destacaron las cifras del INEGI del 2024, las mujeres se divorcian a los 41.1 años y los hombres a los 43.6 años en promedio. Son 33 divorcios por cada 100 matrimonios. El divorcio incausado es el mecanismo más utilizado con 67.2 por ciento de los casos y el divorcio por mutuo consentimiento el 31.3 por ciento. Sin embargo, la vía de resolución es 89.6 por ciento judicial y 10.4 por ciento administrativo.   

El Divorcio en México

Eldivorcio en México es la disolución legal del matrimonio, que puede tramitarse por vía judicial o administrativa (Registro Civil) y se clasifica principalmente en voluntario (mutuo acuerdo) e incausado (unilateral), siendo este último el más común por no requerir justificar la causa, solo la voluntad de uno de los cónyuges de terminarlo, mientras el voluntario requiere acuerdo para establecer temas como guarda y custodia, alimentos y bienes.

El 2 de enero de 1915, Venustiano Carranza, entonces presidente de México y líder de la Revolución mexicana, promulgó la Ley del Divorcio, con lo que autorizaba el divorcio vincular, es decir, el que rompe el vínculo matrimonial en vida de los esposos y deja en aptitud a los cónyuges para contraer nuevas nupcias, lo que trajo consigo cambios sociales notables en la sociedad mexicana pues modificó la idea del matrimonio definitivo.

En la elaboración de esta Ley participó la feminista Hermila Galindo, quien aseguraba que “La Ley del Divorcio, la más alta reforma social que pudo haberse operado entre las modernas nacionalidades, complemento necesario de los preceptos proclamados por los reformadores juaristas”.

Años atrás, durante el gobierno de Benito Juárez, las Leyes de Reforma redefinieron el rol del Estado en el matrimonio civil y en otros ámbitos que antes se percibían como exclusivos de la Iglesia.

Durante este tiempo, se permitió legalmente la separación de las parejas, pero no la disolución del vínculo matrimonial. Esta situación ocasionó que las personas separadas no pudieran casarse nuevamente, lo que aumentó las tasas de concubinato.

La Ley del Divorcio fue concebida como una manera de otorgarles libertad a las personas que quisieran terminar un matrimonio de manera definitiva; fue una respuesta progresiva a la necesidad de reconocer el derecho de las personas a decidir sobre su propia vida y bienestar; permitió que las personas atrapadas en matrimonios insatisfactorios o abusivos pudieran elegir el divorcio por mutuo consentimiento, y ofreció una opción para liberar a las mujeres de uniones no deseadas o dañinas, un hecho revolucionario en una sociedad profundamente arraigada en tradiciones conservadoras.*

*Con información de https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-12/FRN_ENE_02-2.pdf

Sólo 12 de 135 padres en el extranjero pagaron pensión a sus hijos en México

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En 2025, la dependencia que funciona como gestor del proceso en el exterior recibió 135 solicitudes de las cuales sólo 12 concluyeron en la obligación del pago. / Foto: Cuartoscuro.com

Roxana González

SemMéxico/El Sol de México, Cd. de México, 9 de enero, 2026.-Conseguir la pensión alimenticia cuando el padre, madre o tutor radica en el extranjero es uno de los procedimientos judiciales más complicados, difíciles y caros, ya que su resolución puede tardar años.

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) apoya a transmitir la solicitud de pensión alimenticia para menores de edad con padres, madres o tutores que residen el extranjero y a darle seguimiento siempre y cuando el país en el que radica la persona a la que le reclaman el pago cuente con algún mecanismo de colaboración con México en materia de alimentos.

En 2025, la dependencia que funciona como gestor del proceso en el exterior recibió 135 solicitudes de las cuales sólo 12 concluyeron en la obligación del pago.

De acuerdo con cifras de la cancillería, quien actúa de forma gratuita, desde el año 2008 ha iniciado un total de tres mil 722 casos, de los cuales, mil 533 se encuentran en Estados Unidos.

España, Francia y Reino Unido le siguen con 25, 10 y 10 solicitudes respectivamente. Alemania, Argentina y Chile son otras naciones en las reclaman a madres o padres mexicanos la pensión alimentaria.

Lo complejo de reclamar una pensión alimenticia fuera del país inicia con la tarea de ubicar al deudor, un proceso que puede durar años

Armando González Carranza, experto en derecho familiar, explica que lo complejo de reclamar una pensión alimenticia fuera del país inicia con la tarea de ubicar al deudor, lo que puede convertirse en todo un reto que puede durar años, ya que cada vez es más común que cambien de residencia, y sobre todo de trabajo, para evadir la obligación.

Roxana González: Periodista con más de 25 años de experiencia en medios impresos; experta en política exterior y temas migratorios.

METRÓPOLI

Ley Sabina: ¿por qué más mujeres denuncian a deudores alimentarios en CDMX?

Las carperas de investigación por no pagar la pensión alimenticia se duplicaron en los últimos seis años

De acuerdo con González Carranza, la situación se complica aún más por los costos que representan los traslados para ubicar al deudor o contratar a un abogado en otro país, ya que regularmente se paga en moneda local, es decir, si el deudor se encuentra en Estados Unidos, el costo de los abogados se paga en dólares. “Llegan a ser cientos de miles de pesos, pues si se trata de un abogado mexicano, se cobran los traslados, hospedajes, gastos de representación como viáticos para alimentos y costos de papeleo”, dijo

En marzo de 2023, el Senado de la República reformó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para crear el primer Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

En marzo de 2023 el Senado de la República reformó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, lo que permitió crear el primer Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, una base de datos que concentra la información de los padres morosos y cuya consulta es requisito para realizar trámites y obtener documentos de identidad como el pasaporte o la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), entre otros.

Desde entonces, las solicitudes en el exterior, de acuerdo con las cifras de la cancillería, han aumentado 12 por ciento en referencia a las recibidas antes de la aprobación por parte de la Cámara Alta.

METRÓPOLI

Complican proceso para demandar pensión alimenticia en la CDMX

Con el nuevo Código Nacional de Procedimientos Familiares, se tiene una disminución del 82% de casos respecto a los de 2024

A pesar del avance en materia familiar, México no puede legislar más allá de sus fronteras por lo que al tratarse de una ley nacional, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, está sujeta a las convenciones internacionales en materia de obligaciones alimentarias, agregó el abogado Armando González Carranza.

“Si bien el procedimiento inicia con una petición ante autoridades administrativas, la misma puede llegar ante algún órgano jurisdiccional competente en el país donde se encuentra el deudor, por lo que es necesario conducirse con verdad y proporcionar toda la información y documentación adicional que sea requerida por la Autoridad del país al que se envíe la solicitud de pensión alimenticia”, agrega la información de la cancillería.

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También destaca que para lograr el reclamo, el país en el que se encuentra el deudor debe contar con algún instrumento internacional con México. En el caso de deudores en Estados Unidos, por ejemplo, hay autoridades estatales o de diversos condados que rechazan el trámite de pensión alimenticia para menores de edad por desconocer reciprocidad con México en la materia.

Roxana González

Periodista con más de 25 años de experiencia en medios impresos; experta en política

El 13 de noviembre será audiencia contra agresor de la presidenta Sheinbaum

  • El 4 de noviembre fue detenido y el próximo 13 de enero será la audiencia intermedia

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- El próximo 13 de enero será la audiencia intermedia en la que se podría anunciar el cierre del plazo de investigación en contra de Uriel N señalado de acosar sexual a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 4 de noviembre, determinó en un juez de control.

Uriel N es juzgado por el delito de abuso sexual cometido contra la presidenta mexicana mientras realizaba un recorrido en el Centro Histórico de la capital mexicana.

Mientras tanto, Uriel N, de 25 años, permanecerá en el reclusorio Norte donde se encuentra desde que fue detenido el mismo 4 de noviembre de 2025 y vinculado a proceso tres días después con una medida de prisión preventiva.

Al cierre del proceso de investigación, el juez requerirá al Ministerio Público, que en un plazo de 15 días, presente la acusación formal y posteriormente el juez citará a la audiencia intermedia.

SCJN garantiza el derecho de infancias a recibir alimentos desde el nacimiento: SIPINNA

  • No existe pretexto para que las niñeces tengan satisfechas sus necesidades básicas
  • Derivó de un juicio sobre reconocimiento de paternidad y el pago de pensión alimenticia

Redacción

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- Como un fallo de gran relevancia para la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes, particularmente en lo relativo al interés superior de la niñez y al derecho humano a recibir alimentos desde el nacimiento, fue calificada la resolución del Amparo Directo en Revisión 7178/2024 emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SE SIPINNA) felicitó por ello al máximo tribunal mexicano y señaló que no existe pretexto alguno para que los niños tengan satisfechas sus necesidades básicas y alimentación.

En próximas semanas SIPINNA se sumará con un programa de asesorías a través de una línea telefónica y dará seguimiento a las determinaciones de las autoridades jurisdiccionales, por ser esta instancia gubernamental la guardiana y garante del ejercicio de derechos de Niñas, Niños y adolescentes y cumplirá con su mandato.

El caso tuvo su origen en un juicio familiar promovido por una madre en representación de su hija, en el que se solicitó el reconocimiento de paternidad y el pago de pensión alimenticia, incluyendo alimentos retroactivos.

Ante la ausencia del padre biológico y con el fin de facilitar el acceso a servicios de salud y asegurar la subsistencia de la niña, el abuelo materno la reconoció de manera solidaria y cubrió sus necesidades básicas. Posteriormente, se declaró judicialmente la filiación biológica y legal con el padre, quien se negó a cubrir los alimentos retroactivos.

Al conocer del asunto, la Corte identificó una problemática constitucional central, consistente en determinar si, en los casos en que una niña o niño fue reconocido por un abuelo u otro familiar por solidaridad y como parte de una red de apoyo, resulta constitucionalmente procedente exigir al padre biológico y legal el pago de alimentos retroactivos desde el nacimiento, o si dicha condena debía considerarse improcedente por generar un supuesto doble pago.

El máximo tribunal resolvió que sí es procedente condenar al padre biológico y legal al pago de alimentos retroactivos desde el nacimiento. Estableció que el derecho de alimentos tiene su origen directo en la filiación biológica, no en el reconocimiento registral, y que se genera desde el nacimiento de hijas e hijos. Reafirmó que se trata de un derecho imprescriptible, irrenunciable y de orden público, con una clara dimensión de derecho humano, estrechamente vinculada al artículo 4º Constitucional y a la Convención sobre los Derechos del Niño.

El Alto Tribunal explicó que el reconocimiento realizado por el abuelo materno debe entenderse como parte de una red de apoyo familiar, común en contextos de ausencia del progenitor y vulnerabilidad de la madre, y que dicha solidaridad no sustituye ni extingue la obligación alimentaria del padre biológico.

Asimismo, precisó que no existe incompatibilidad de paternidades ni un doble pago, ya que las obligaciones asumidas por el abuelo y el padre no son contrapuestas, sino que convergen en un mismo fin: garantizar el desarrollo integral de la niña.

La SE SIPINNA destaca que esta resolución constituye un criterio trascendental para la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, al dejar claro que ningún arreglo familiar solidario puede justificar la evasión de la responsabilidad parental, y que el derecho a los alimentos debe interpretarse siempre desde el interés superior de la niñez, como principio rector del orden constitucional y convencional mexicano.

SEM/sj

Deja de ser prioritario que hijas e hijos lleven primero el apellido paterno

  • SCJN determina que “de común acuerdo” ahora pueden llevar el apellido materno primero
  • Concluye una vieja norma del derecho romano que perduró 155 años

Elda Montiel

SemMéxico, Ciudad de México, 9 de diciembre 2026.- En un fallo histórico la Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó la obligación de usar primero el apellido paterno y ahora podrán poner primero el apellido de la madre. La determinación termina con 155 años de hegemonía patriarcal.

Por unanimidad los ministros aprobaron dicha determinación en mayo de 2025, mismo que fue publicado en diciembre pasado, ahora se permite que padres y madres elijan libremente el orden de los apellidos de sus hijos, mediante común acuerdo.

Asimismo, el artículo 40 de la Ley del Registro Civil establecía que los progenitores sólo podían elegir “única y exclusivamente” el primero o segundo apellido de cada uno, “sin posibilidad de crear apellidos compuestos”. Esta frase fue declarada inconstitucional por representar una injerencia arbitraria del Estado en decisiones que pertenecen al ámbito privado y familiar.

Ahora las familias pueden optar por variantes como unir apellidos mediante guion, preposición o la conjunción “y”, preservando apellidos tradicionales que de otro modo se perderían con el paso de generaciones. Personas con apellidos como Pérez-Gay, López de la Vega o Rodríguez y Sánchez podrán transmitirlos íntegramente a sus descendientes sin mutilaciones forzadas.

La decisión surgió tras la impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra modificaciones a la Ley del Registro Civil de Yucatán que limitaban la autonomía familiar.

El tribunal determinó que obligar a colocar primero el apellido del padre refuerza estereotipos de género y viola el principio constitucional de igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres.

Aunque la sentencia se originó por la revisión de normativa yucateca específica, el criterio de la SCJN establece un precedente vinculante que impacta la interpretación de legislaciones civiles en todo el territorio nacional. Estados con disposiciones similares deberán ajustar sus códigos para garantizar la libertad de elección en el registro de menores.

La Corte fundamentó su decisión en los artículos 1, 4 y 16 constitucionales, además de tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El tribunal enfatizó que el nombre constituye un elemento esencial del derecho a la identidad personal y familiar que no puede ser restringido arbitrariamente por el Estado.

La Primera Sala de la SCJN concluyó que anteponer obligatoriamente el apellido paterno constituye una violación hacia el derecho de igualdad y no discriminación. Esta práctica refuerza la idea de que las mujeres ocupan un lugar secundario dentro de la estructura familiar, algo que contradice los principios constitucionales y los tratados internacionales que México suscrito.

La costumbre de priorizar el apellido paterno en México tiene raíces en el Código Civil de 1870, influenciado por el derecho romano y colonial español, donde el linaje masculino era sinónimo de herencia y autoridad. Sin embargo, movimientos feministas y de derechos humanos han cuestionado esta norma por décadas, argumentando que perpetúa desigualdades de género.

En 2023, el Senado de la República aprobó una reforma similar que permitía a los padres elegir el orden de apellidos en el acta de nacimiento, estableciendo que «los apellidos de los hijos futuros de la misma madre y padre deberán ser asentados en el mismo orden».

En diciembre de 2025, la SCJN invalidó artículos del Código Civil de Yucatán que prohibían apellidos compuestos y un orden flexible. El caso inició con una familia que buscaba registrar a su hijo con un apellido compuesto, pero el Registro Civil lo rechazó bajo el argumento de la «tradición». La Corte argumentó que estas restricciones violan el artículo 4 de la Constitución Mexicana, que garantiza la igualdad de género y el libre desarrollo de la personalidad.

SEM/em/sj

Intimida y acosa policía municipal de Tuxtla Gutiérrez a la periodista Lucero Rodríguez

  • Por hacer videograbaciones para sus redes sociales
  • Piden al munícipe Torres Culebro investigue los hechos y se proceda en consecuencia

Candelaria Rodríguez

SemMéxico, Tuxtla Gutiérrez, 9 de diciembre 2026.- Sólo por tonar imágenes para contenidos de redes sociales, la periodista Lucero Rodríguez Ovilla, fue acosada e intimidada por agentes de la policía municipal de Tuxtla Gutiérrez, pertenecientes al Módulo de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPyTM).

Los hechos ocurrieron el martes 6 de enero en el Parque de la Marimba ubicado esta ciudad, cuando la periodista realizaba su trabajo y tomaba diversas imágenes para redes sociales, siendo interceptada y cuestionada por los elementos policiacos, entre ellos una uniformad, quienes hicieron preguntas sobre por qué tomaba imágenes.

Acto seguido le preguntaron sus datos personales, como su nombre y sin dar más argumentos, le informaron que cumplían con su trabajo, en tanto la video grababan.

Ante los acontecimientos inusuales, la también integrante de la Asociación Nacional de Locutores de México informó al gremio para conocimiento ante los hechos registrados y tomar sus precauciones.

Por ello, y ante una violación al derecho al libre ejercicio periodístico cometido contra de Rodríguez Ovilla, la Asociación Nacional de Locutores de México A.C. (ANLM delegación Chiapas) levantó la voz y hace un pronunciamiento y hace un llamado urgente al presidente municipal Ángel Torres Culebro para que se investiguen los hechos y se proceda en consecuencia.

Por su parte, la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPyTM) sin responder de manera formal y oficial a la solicitud de la ANLM delegación Chiapas, informó a través de su plataforma que: “Después de una denuncia en redes sociales donde hace alusión a una situación presentada en el Parque de la Marimba, entre un elemento femenino y una ciudadana informa que se inicio la revisión del caso.

La dependencia señalóque se analizaran las grabaciones, ya que el parque cuenta con 58 cámaras de videovigilancia para garantizar la seguridad de las y los visitantes.

La SSP de Tuxtla refrenda el compromiso de garantizar la libertad de expresión, el respeto a los derechos humanos y el acceso a espacios públicos seguros, promoviendo el dialogo, la legalidad y el actuar responsable de las autoridades en beneficio de la ciudadanía.

La publicación abierta y publica de la SSP no responde a la solicitud de la ANLM sobre investiguen los hechos y proceder en consecuencias, y pone en duda los hechos narrados por la periodista Lucero Rodríguez, sobre el acoso e intimidación verbal. La ANLM espera una respuesta oficial.

En su narrativa a través de una videograbación que hizo llegar al Chat de las y los locutores, la periodista da cuenta de la actuación de los elementos de la seguridad publica municipal y alertó a las personas comunicadoras a estar pendientes ante los hechos ocurridos porque los uniformados advirtieron que se estarán solicitando nombres todas aquellas personas que realicen video grabaciones.

Los hechos ocurridos, constituye una violación a su intimidad y libre tránsito, derechos garantizados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1, 6, y 7.

El artículo 1 señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

El artículo 6 sostiene que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.

El derecho a la información será garantizado por el Estado, y Artículo 7 establece que es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cuaalesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Por su parte, Lucero Rodríguez Ovilla, integrante de la Asociación Nacional de Locutores de México hasta el momento no interpuso ninguna denuncia ante las instituciones correspondientes, pero alertó de los hechos a la agrupación de locutores/as y periodistas de los acontecimientos ocurridos que atenta contra el derecho a la información.

SEM/cr/sj

Denuncian OSC violencia sexual infantil y matrimonio forzado en Chiapas

  • Todo embarazo de menores de edad debe ser reconocido como un indicador de violencia sexual
  • Hospital tenía la obligación de activar de inmediato los protocolos establecidos en la NOM-046

Redacción

SemMéxico, San Cristóbal de las Casas, 9 de diciembre 2026.- Ninguna niña puede consentir relaciones sexuales ni ser obligada a una maternidad, todo embarazo en niñas debe ser atendido como un indicador de violencia sexual, conforme a la legislación nacional y a los estándares internacionales de derechos humanos.

Así lo señalan la Red por la Justicia Reproductiva en Chiapas, la Red Estatal Aborta Libre Chiapas y organizaciones de la sociedad civil al expresar su preocupación y denuncian la persistencia de la violencia sexual contra menores de edad, el embarazo infantil, las uniones forzadas y las omisiones institucionales que continúan ocurriendo en el estado de Chiapas.

El pronunciamiento, “Niñas, no madres” no es solo una consigna, es una exigencia basada en derechos humanos. Todo embarazo en personas menores de edad debe ser reconocido como un indicador de violencia sexual y atendido como tal.

Exigen que las autoridades realicen investigaciones diligentes y con enfoque de derechos de la niñez, que permitan identificar y sancionar a las personas responsables de la violencia sexual, reconociendo oficialmente este caso como un delito y no como un hecho aislado o normalizado.

El esclarecimiento público de la actuación institucional, en particular: que la Secretaría de Salud informe si realizó de manera oportuna las diligencias correspondientes desde el ingreso hospitalario, si aplicó la NOM 046, a qué autoridades notificó y cuál es el protocolo que aplica en casos de embarazo en personas menores de edad y violencia sexual. 

Que la Fiscalía General del Estado y la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes esclarezcan cuándo fueron notificadas, qué acciones emprendieron y cuáles fueron las razones de cualquier omisión o retraso.

En tercer lugar, piden la garantía de medidas de protección integral para la menor de edad, incluyendo atención médica especializada, atención psicológica, acompañamiento social y jurídico, así como seguimiento efectivo del caso.

Asimismo, exigimos que la menor de edad, así como el recién nacido que también se encuentra hospitalizado, sean reconocidos como víctimas y se apliquen medidas de reparación del daño por medio de una indemnización, atención médica garantizada en todo momento, medidas educativas, así como las medidas necesarias para garantizar una vida libre de violencia.

Demandan la aplicación efectiva de la NOM-046, garantizando el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de violencia sexual, sin exigir denuncia penal previa y sin imponer la maternidad forzada.

Así como el fortalecimiento de los mecanismos de detección, denuncia y actuación en los servicios de salud y procuración de justicia, incluyendo capacitación obligatoria en violencia sexual y derechos reproductivos para todo el personal médico en Chiapas, así como de los servidores públicos de las instancias que intervienen en la atención de niñas, niños y adolescentes.

Y, por último, el diseño e implementación de políticas públicas sostenidas de prevención, que incluyan educación sexual integral, de las uniones forzadas y acceso real a servicios de salud sexual y reproductiva.

La protección de la infancia es una obligación ineludible del Estado. Garantizar que las niñas y adolescentes vivan libres de violencia requiere acciones inmediatas, coordinadas y con enfoque de derechos humanos.

En el pronunciamiento explican que la menor de edad fue ingresada en el Hospital de Las Culturas en San Cristóbal de Las Casas donde intervención quirúrgica por cesárea debido a complicaciones médicas graves, previamente había sido atendida en el Hospital de La Mujer de San Cristóbal.

Denuncian que en ambos hospitales debieron aplicar los protocolos de atención a niñas y adolescentes por tratarse de un caso de posible violencia sexual y sostienen que el caso debió ser atendido de manera inmediata como un supuesto de violencia sexual, conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 y al marco jurídico penal vigente en Chiapas.

El hospital tenía la obligación de activar de inmediato los protocolos establecidos en la NOM-046, brindar atención integral a la menor de edad como víctima de violencia sexual y dar aviso inmediato a la Fiscalía General del Estado de Chiapas y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Exponen la normatividad para estos casos, como el Código Penal del Estado de Chiapas, en su artículo 235, tipifica el delito de pederastia y establece que toda cópula con una persona menor de 14 años, aun sin violencia, constituye un delito grave sancionado con penas de hasta 30 años de prisión. En ningún supuesto existe consentimiento legal.

De acuerdo con la publicación, Chiapas se encuentra actualmente entre las entidades con mayores tasas de embarazo infantil y adolescente a nivel nacional, lo que convierte este tema en una prioridad urgente de atención pública.

De acuerdo con datos del INEGI (2024), a nivel nacional se registraron 89 mil 527 nacimientos de madres entre 10 y 17 años, lo que representa una tasa de 10.1 nacimientos por cada mil mujeres en ese grupo de edad.

Chiapas ocupó el primer lugar nacional, con una tasa de 19.4, seguido por Oaxaca y Michoacán. Es decir, Chiapas tiene una tasa del doble de la media nacional. Estas cifras reflejan violencia sexual estructural, desigualdad profunda y una respuesta institucional insuficiente.

SEM/sj

Reaviva alarma por matrimonios infantiles, caso de niña tsotsil que da a luz

  • “Las niñas no son esposas ni madres por elección.
  • Son sujetas de derechos y el Estado tiene la obligación indeclinable de grabatizarlos”: 50 más 1

Gabriela Coutiño

SemMéxico, San Cristóbal de las Casas, 9 de diciembre 2026.- El caso de una menor tsotsil de 13 años que dio a luz a un bebé en esta ciudad encendió las alertas de organizaciones de la sociedad civil sobre la persistencia del matrimonio infantil y la falta de protección efectiva de los derechos de la niñez en Chiapas.

Al respecto, la Fiscalía General del Estado (FGE) informó que tanto la adolescente como el recién nacido se encuentran estables y fuera de peligro, luego de haber presentado complicaciones derivadas de un contagio de sarampión, situación que motivó su traslado del Hospital de la Mujer al Hospital de las Culturas.

De manera preliminar, la FGE dio a conocer que la madre, de 13 años, y el padre del bebé, de 17 años, cohabitan con el consentimiento de las familias de ambos, conforme a los usos y costumbres de su comunidad.

No obstante, precisó que la Fiscalía de Justicia Indígena continúa con la integración de la carpeta de investigación correspondiente, a fin de esclarecer los hechos y determinar posibles responsabilidades conforme a la ley.

La menor, originaria del municipio de San Juan Chamula, presentó además daños y lesiones en órganos y tejidos debido a la inmadurez física de su cuerpo, de acuerdo con personal médico. Según versiones recabadas en el hospital, el adolescente fue quien la trasladó al nosocomio tras las complicaciones del parto.

En un pronunciamiento público, la Comisión de Niñas, Niños y Adolescentes de la Colectiva Feminista 50 más 1 manifestó su profunda preocupación e indignación ante la información difundida en medios de comunicación y redes sociales, al considerar que este caso no es un hecho aislado, sino parte de una problemática estructural que persiste en comunidades indígenas del estado.

La organización recordó que en junio de 2024, luego de que se diera a conocer que Chiapas ocupaba el primer lugar nacional en embarazos adolescentes, el Congreso del Estado dio un paso histórico al aprobar reformas legales para prohibir y sancionar el matrimonio infantil. Sin embargo, advirtió que la realidad demuestra que la ley no se está aplicando de manera efectiva.

“Estas uniones continúan ocurriendo sin que autoridad alguna intervenga para prevenirlas, investigarlas o sancionarlas”, señaló la Comisión, al tiempo que subrayó la ausencia de acciones contundentes por parte de las instancias responsables.

Personal médico de hospitales de San Cristóbal de las Casas confirmó que los casos de niñas embarazadas son frecuentes. “Aquí es pan de todos los días”, expresaron, al señalar que atienden de manera constante partos de menores de edad y emergencias obstétricas derivadas de embarazos mal atendidos en comunidades indígenas.

Un ejemplo reciente es el caso de Maura, otra menor tsotsil que fue llevada de urgencia al hospital luego de que no pudiera dar a luz en su domicilio con ayuda de una partera tradicional. La pelvis de la niña no permitió el paso del bebé y fue trasladada cuando ya presentaba al feto parcialmente expuesto, por lo que el personal médico tuvo que practicarle una cesárea de emergencia.

Para la Comisión de Niñas, Niños y Adolescentes de la Colectiva 50 más 1, estos hechos evidencian graves violaciones a los derechos humanos de niñas y adolescentes, particularmente en contextos de pueblos originarios, donde persisten prácticas como el matrimonio y las uniones infantiles forzadas, pese a estar prohibidas por la ley.

La organización calificó como “especialmente alarmante” que no exista una política pública integral, clara y sostenida por parte de las autoridades competentes, en particular de la Secretaría de la Mujer, orientada a prevenir, erradicar y atender los matrimonios infantiles, así como a garantizar la protección efectiva de niñas y adolescentes en situación de riesgo.

“La maternidad forzada en niñas es consecuencia directa de la omisión del Estado, de la normalización de prácticas que constituyen violencia sexual y de la falta de acciones interinstitucionales con enfoque intercultural, de género y de derechos de la niñez”, advirtió la colectiva.

“Las niñas no son esposas ni madres por elección. Son sujetas de derechos y el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizarlos. El silencio institucional y la omisión también son formas de violencia”, subrayó.

Ante ello, la Colectiva Feminista 50 más 1 exigió investigar de manera inmediata el caso, garantizar la protección integral de la menor, el acceso a la justicia y la no revictimización, así como la aplicación efectiva de la legislación que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones forzadas, sin excepciones culturales que vulneren los derechos humanos.

SEM/gc